A/RES/50/36
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Tomando nota de la aprobación por el Consejo de Seguridad de las
resoluciones 973 (1995), de 13 de enero de 1995, 995 (1995), de 26 de mayo
de 1995, 1002 (1995), de 30 de junio de 1995, y 1017 (1995), de 22 de
septiembre de 1995,
Acogiendo con satisfacción la misión del Consejo de Seguridad que visitó
el Sáhara Occidental y los países de la región del 3 al 9 de junio de 1995,
Acogiendo también con satisfacción el nombramiento del Sr. Erik Jensen
como Representante Especial interino del Secretario General para el Sáhara
Occidental,
Preocupada por el hecho de que los recelos y la falta de confianza que
sigue habiendo entre las partes hayan contribuido a las demoras en la
aplicación del plan de arreglo 1/,
Señalando que para que pueda haber progresos las dos partes deben tener
una visión del período posterior al referéndum,
Expresando la esperanza de que se resuelvan rápidamente los problemas
que demoran la conclusión del proceso de identificación, así como el código de
conducta, la puesta en libertad de los presos políticos, el acantonamiento de
las tropas del Frente Popular para la Liberación de Saguia el-Hamra y de Río
de Oro y las disposiciones para reducir las tropas marroquíes en el
Territorio,
Destacando la importancia y utilidad de la reanudación de conversaciones
directas entre las dos partes antes mencionadas a fin de crear una atmósfera
propicia para la efectiva y rápida aplicación del plan de arreglo,
Habiendo examinado el capítulo pertinente del informe del Comité
Especial encargado de examinar la situación con respecto a la Declaración
sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales 2/,
Habiendo examinado también el informe del Secretario General 3/,
1.
Toma nota con reconocimiento del informe del Secretario General;
2.
Rinde homenaje al Secretario General y al personal de la Misión de
las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental por sus
actividades encaminadas a resolver la cuestión del Sáhara Occidental mediante
la aplicación del plan de arreglo;
3.
Reitera su apoyo a las gestiones que el Secretario General seguirá
realizando con miras a la organización y la supervisión por las Naciones
Unidas, en cooperación con la Organización de la Unidad Africana, de un
referéndum para la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental,
de conformidad con las resoluciones 658 (1990) y 690 (1991) del Consejo de
1/
S/21360 y S/22464 y Corr.1.
2/
A/50/23 (Part V), cap. IX.
3/
A/50/504.
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