Derechos del niño A/RES/67/152 n) Intensifiquen los esfuerzos para eliminar de manera efectiva el trabajo infantil, en particular entre los niños indígenas, que es perjudicial para la salud y el desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social; o) Elaboren estrategias para prevenir y eliminar todas las formas de violencia contra los niños, incluidos los niños indígenas, adoptando políticas apropiadas encaminadas concretamente a crear mayor conciencia, fomentar la capacidad de los profesionales que trabajan con niños y para niños, apoyar programas eficaces de educación parental, fomentar la investigación, reunir datos sobre la incidencia de la violencia contra los niños y establecer e introducir mecanismos de presentación de información y denuncias de carácter confidencial que sean accesibles, seguros y adaptados a las necesidades de los niños y las niñas; p) Procedan a formular y aplicar medidas amplias de carácter preventivo contra la intimidación, incluso en los entornos educacionales, a fin de combatir la intimidación y la agresión entre los niños, en particular entre los niños indígenas, medidas que podrían incluir la capacitación de los profesionales de la educación infantil y los familiares y también la sensibilización de los niños acerca de la cuestión; q) Adopten medidas para eliminar la violencia basada en el género contra los niños indígenas, así como su trata y explotación sexual, e incorporen de manera activa a los pueblos indígenas y sus comunidades en las iniciativas encaminadas a eliminar dichas prácticas; r) Adopten todas las medidas apropiadas para garantizar la protección y la seguridad de todos los niños, incluidos los niños indígenas, durante situaciones de riesgo, especialmente situaciones de conflicto armado, emergencias humanitarias y desastres naturales, y después de ellas, incluida la adopción y ejecución de programas para asegurar la recuperación física y psicológica y la reintegración social de esos niños, y aseguren que dicha recuperación, reintegración y rehabilitación se lleve a cabo en un ambiente que fomente el bienestar, la salud, el respeto de sí mismo y la dignidad del niño; s) Elaboren y apliquen una política integral de justicia de menores que incluya, cuando proceda, servicios de interpretación y otros medios adecuados para asegurar que los niños indígenas puedan entender y ser entendidos, así como la introducción de medidas alternativas que permitan responder a la delincuencia juvenil de esos niños sin recurrir a procedimientos judiciales; t) Adopten todas las medidas apropiadas para asegurar que se ofrezca a los niños indígenas la oportunidad de ser escuchados en relación con las cuestiones que les afectan directamente, teniendo en cuenta la evolución de sus facultades, en lo que respecta a la determinación y elaboración de prioridades y estrategias para el ejercicio de su derecho al desarrollo, en particular en la elaboración y determinación de los programas de salud, vivienda y demás programas económicos y sociales que les conciernan, y para promover la intervención activa de los niños indígenas y su participación efectiva, en particular por conducto de las organizaciones de los pueblos indígenas e instituciones elegidas por los propios pueblos indígenas; 45. Exhorta a todos los Estados Miembros e invita al sistema de las Naciones Unidas a que fortalezcan la cooperación internacional a fin de asegurar la realización de los derechos del niño, incluidos los niños indígenas, por medios como el apoyo a iniciativas nacionales que hagan mayor hincapié en el desarrollo de los niños indígenas, según corresponda, e intensificando las medidas de cooperación internacional en los ámbitos de la investigación o respecto de la transferencia de tecnología, como las tecnologías de asistencia; 13/15

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