A/HRC/53/38
libertad de reunión pacífica y de asociación. El Relator Especial observa que, en algunos
casos, las autoridades se han disculpado públicamente por los abusos cometidos contra
manifestantes; sin embargo, esas disculpas se han visto debilitadas por la falta de aceptación
de responsabilidades y de seguimiento en los tribunales.
60.
Los supervivientes de la represión estatal en el contexto de protestas han puesto de
relieve la importancia de “restaurar y preservar la memoria de la protesta”, incluidos sus
objetivos, y de contrarrestar las narrativas dirigidas a deslegitimar, criminalizar y
estigmatizar las protestas. Preservar la memoria también evitará la repetición de los delitos y
contribuirá a la rendición de cuentas. Por ejemplo, la memoria de los motivos por los que la
gente protestó y el restablecimiento de la verdad tiene un profundo significado para los
movimientos sociales y los activistas, ya que también preserva y hace avanzar el objetivo de
las protestas en pro de la reforma y de los derechos humanos.
VIII. Garantías de no repetición
61.
Las reformas institucionales y de política son vitales para la protección de los derechos
a la libertad de reunión pacífica y de asociación en general, y para garantizar la no repetición
cuando haya existido una pauta o práctica de violaciones de derechos en tiempos anteriores.
Las medidas de reforma deben orientarse hacia el pleno reconocimiento de los derechos de
asociación y reunión pacífica, que deben ser disfrutados libremente por las personas a título
individual y no estar sujetos a un control indebido por parte del Estado. Cuando las fuerzas
de seguridad han estado implicadas en el uso excesivo de la fuerza y otras violaciones de
derechos, es fundamental reformar el sector de la seguridad y la policía.
62.
El Relator Especial acoge con satisfacción las medidas adoptadas por algunos Estados
para elaborar leyes y protocolos de aplicación de la ley con el fin de evitar que se repitan
violaciones graves de derechos debidas al uso excesivo de la fuerza en el contexto de
protestas. Sin embargo, esas medidas deben ir acompañadas de una reforma policial integral,
que en muchos casos se echa en falta. Esa reforma debe incluir la mejora de la supervisión
civil, el control y la rendición de cuentas, incluida la reforma de una actuación policial que
se ha militarizado y puede ser antidemocrática y autoritaria39. Además, la mejora de la
rendición de cuentas de la policía exige establecer, restaurar o mejorar la confianza pública
y reconstruir su legitimidad; el escrutinio de carácter civil es fundamental para establecer un
cuerpo de policía democrático, que responda a las necesidades de los ciudadanos y rinda
cuentas ante ellos. Se ha citado como ejemplo positivo la reforma policial efectuada en Kenya
a raíz de la Ley de Acuerdo y Reconciliación Nacional de 2008, que pretende ocuparse de la
violencia desatada después de las elecciones de 2007. La reforma de la policía de Kenya tenía
como objetivo lograr que las fuerzas del orden fueran más inclusivas y participativas para los
ciudadanos, al tiempo que se creaba un órgano de supervisión de carácter civil. Un aspecto
importante es que estas reformas se emprendieron en colaboración con diversas partes
interesadas, incluidos los ciudadanos y la sociedad civil. Sin embargo, debido a la falta de
rendición de cuentas por los delitos cometidos durante las elecciones de 2007, esas iniciativas
han quedado debilitadas y ha persistido el temor a que los delitos se repitan, lo que ha tenido
un efecto disuasorio en los kenianos que desean ejercer sus derechos a la libertad de reunión
pacífica y de asociación. Las mujeres, en particular, se abstuvieron de participar plenamente
en las elecciones de 2022 por miedo a que se repitiera la violencia sexual y de género 40.
63.
Entre otras medidas para mejorar la rendición de cuentas institucional de la policía
cabe señalar el establecimiento de una línea de mando clara e inequívoca que garantice el
cumplimiento de órdenes legítimas; un sistema eficaz de presentación de informes que
permita la labor de la dirección y otros órganos de supervisión; y la notificación obligatoria
de todo uso de armas de fuego, además del uso de otras facultades policiales 41. En un caso
relativo a mujeres víctimas de tortura sexual por parte de agentes del orden mientras estaban
39
40
41
14
Véase Manual sobre responsabilidad, supervisión e integridad de la Policía (publicación de las
Naciones Unidas, julio de 2011).
Véase https://www.ohchr.org/en/press-releases/2022/07/kenya-civic-space-and-respect-fundamentalfreedoms-key-peaceful-elections-un.
Véase Manual de responsabilidad, supervisión e integridad de la Policía.
GE.23-08077