S/RES/2352 (2017)
activar todos los mecanismos vinculados al MPSC de conformidad con los acuerdos
pertinentes, alentando a las partes a delimitar o acordar las coordenadas de la ZFDS
y desmilitarizarla, incluida la “zona de 14 millas”, y a poner plenamente en
funcionamiento el Mecanismo Conjunto de Verificación y Vigilancia de Fronteras
(MCVVF), de conformidad con lo dispuesto en la resolución 2046 (2012) del
Consejo de Seguridad y la hoja de ruta del Consejo de Paz y Seguridad de la Unión
Africana de 24 de abril de 2012, subrayando la importancia de que se establezca y
mantenga plenamente una vigilancia eficaz de la ZFDS por parte del MCVVF,
incluida la “zona de 14 millas”, e instando a las partes a cooperar a fin de que la
Fuerza Provisional de Seguridad de las Naciones Unidas para Abyei (UNISFA)
pueda ejercer su responsabilidad de proporcionar seguridad para que el MCVVF
pueda cumplir su cometido de vigilar la ZFDS,
Lamentando la falta de progresos significativos de ambas partes sobre los
parámetros para el MCVVF y los impedimentos innecesarios impuestos al MCVVF,
que reducen su capacidad para vigilar eficazmente la ZFDS,
Observando con preocupación la ausencia de instituciones locales que
administren la zona de Abyei y la falta de progreso en la convocación de una reunión
del Comité Conjunto de Supervisión de Abyei (CCSA) desde marzo de 2015,
Reconociendo la importancia de que haya un diálogo frecuente entre los
Gobiernos del Sudán y de Sudán del Sur, recordando la decisión adoptada en su
resolución 2046 (2012) de que las partes reanudaran inmediatamente las
negociaciones para llegar a un acuerdo sobre el estatuto definitivo de Abyei bajo los
auspicios del GANUA, exhortando a todas las partes a que intervengan
constructivamente en el proceso en que media el GANUA para lograr un acuerdo
final sobre el estatuto definitivo de la zona de Abyei, y destacando que las partes
deben aplicar de inmediato los aspectos pendientes del Acuerdo de 20 de junio de
2011, en particular para resolver la controversia relativa al Acuerdo sobre la Zona
de Abyei y la controversia relativa al Consejo de la Zona de Abyei, y establecer
inmediatamente la Administración de la Zona de Abyei y el Cuerpo de Policía de
Abyei,
Destacando que ambos países y comunidades tienen mucho que ganar si
actúan con moderación y eligen el camino del diálogo en lugar de recurrir a la
violencia o la provocación,
Encomiando la asistencia que siguen prestando a las partes el GANUA, la
Autoridad Intergubernamental para el Desarrollo, la República Democrática Federal
de Etiopía, el Enviado Especial del Secretario General para el Sudán y Sudán del
Sur, y la UNISFA,
Encomiando también los esfuerzos realizados por la UNISFA para cumplir
efectivamente su mandato, por medios que incluyen la facilitación constante de la
migración pacífica en toda la zona de Abyei, la prevención de los conflictos, la
mediación y la disuasión, expresando su profundo aprecio por la labor de los países
que aportan contingentes, subrayando enérgicamente que todo ataque contra el
personal de las Naciones Unidas es inaceptable, incluidos los disparos efectuados
por asaltantes desconocidos contra patrullas de la UNISFA a principios de 2017, y
reiterando que estos ataques deben investigarse de manera rápida y exhaustiva y
que debe obligarse a los responsables a rendir cuentas,
Tomando nota de las condiciones de seguridad imperantes en la zona de Abyei
que se describen en el informe del Secretario General de 11 de abril de 2017
(S/2017/312), reconociendo la contribución que ha hecho la UNISFA a la mejora de
la paz y la estabilidad desde su despliegue, y expresando su determinación de evitar
que se repitan los actos de violencia contra civiles o su desplazamiento y de impedir
los conflictos entre comunidades,
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