A/RES/57/225 logrado algunos progresos a ese respecto y le insta a que adopte todas las medidas necesarias para prevenir esas transgresiones, incluso considerar la posibilidad de establecer una comisión de investigación sobre la cuestión de los linchamientos; 2. Insta al Gobierno de Camboya a que luche contra todas las manifestaciones de discriminación contra las minorías étnicas y proteja sus derechos y a que cumpla sus obligaciones en su calidad de parte en la Convención Internacional para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial6, entre otras cosas recabando asistencia técnica; IV Protección de las mujeres y los niños 1. Observa con beneplácito que se ha avanzado en la tarea de mejorar la condición de la mujer y hacia la aprobación de la ley sobre la prevención de la violencia en el hogar y la protección de las víctimas de esa violencia e insta al Gobierno de Camboya a que tome nuevas medidas apropiadas para combatir la violencia contra la mujer en todas sus formas y tome las disposiciones necesarias para cumplir sus obligaciones en su calidad de parte en la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer7, incluso recabando asistencia técnica; 2. Encomia al Gobierno de Camboya por sus intentos de combatir el virus de la inmunodeficiencia humana y el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (VIH/SIDA), si bien sigue observando con preocupación su incidencia cada vez mayor; 3. Observa con satisfacción la serie de medidas que ha adoptado el Gobierno de Camboya para luchar contra la trata de personas, pide al Gobierno y a la comunidad internacional que adopten medidas concertadas para hacer frente cabalmente a esos problemas y a sus causas subyacentes, al mismo tiempo que observa con profunda preocupación el creciente fenómeno de la trata de mujeres y niños y su explotación sexual; 4. Observa con satisfacción que el Gobierno de Camboya ha ratificado el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía 8; 5. Observa con profunda preocupación el problema del trabajo infantil en sus peores formas, insta al Gobierno de Camboya a que adopte de inmediato medidas efectivas para proteger a los niños de la explotación económica y de realizar cualquier trabajo que pueda ser peligroso, entrabar su educación o resultar nocivo para su salud, seguridad o moral haciendo cumplir las leyes de Camboya sobre el trabajo infantil, las leyes laborales vigentes y las disposiciones de las leyes contra la trata que se refieren a los niños y procesando a quienes las infrinjan, invita a la Organización Internacional del Trabajo a seguir prestando la asistencia necesaria a ese respecto y alienta al Gobierno a que considere la posibilidad de ratificar el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su prohibición (Convenio No. 182) de 1999; _______________ 6 Resolución 2106 A (XX), anexo. Resolución 34/180, anexo. 8 Resolución 54/263, anexo II. 7 4

Select target paragraph3

Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents