A/RES/57/225
logrado algunos progresos a ese respecto y le insta a que adopte todas las medidas
necesarias para prevenir esas transgresiones, incluso considerar la posibilidad de
establecer una comisión de investigación sobre la cuestión de los linchamientos;
2.
Insta al Gobierno de Camboya a que luche contra todas las
manifestaciones de discriminación contra las minorías étnicas y proteja sus derechos
y a que cumpla sus obligaciones en su calidad de parte en la Convención
Internacional para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial6,
entre otras cosas recabando asistencia técnica;
IV
Protección de las mujeres y los niños
1.
Observa con beneplácito que se ha avanzado en la tarea de mejorar la
condición de la mujer y hacia la aprobación de la ley sobre la prevención de la
violencia en el hogar y la protección de las víctimas de esa violencia e insta al
Gobierno de Camboya a que tome nuevas medidas apropiadas para combatir la
violencia contra la mujer en todas sus formas y tome las disposiciones necesarias para
cumplir sus obligaciones en su calidad de parte en la Convención sobre la eliminación
de todas las formas de discriminación contra la mujer7, incluso recabando asistencia
técnica;
2.
Encomia al Gobierno de Camboya por sus intentos de combatir el virus de
la inmunodeficiencia humana y el síndrome de inmunodeficiencia adquirida
(VIH/SIDA), si bien sigue observando con preocupación su incidencia cada vez
mayor;
3.
Observa con satisfacción la serie de medidas que ha adoptado el
Gobierno de Camboya para luchar contra la trata de personas, pide al Gobierno y a
la comunidad internacional que adopten medidas concertadas para hacer frente
cabalmente a esos problemas y a sus causas subyacentes, al mismo tiempo que
observa con profunda preocupación el creciente fenómeno de la trata de mujeres y
niños y su explotación sexual;
4.
Observa con satisfacción que el Gobierno de Camboya ha ratificado el
Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la
venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía 8;
5.
Observa con profunda preocupación el problema del trabajo infantil en
sus peores formas, insta al Gobierno de Camboya a que adopte de inmediato
medidas efectivas para proteger a los niños de la explotación económica y de
realizar cualquier trabajo que pueda ser peligroso, entrabar su educación o resultar
nocivo para su salud, seguridad o moral haciendo cumplir las leyes de Camboya
sobre el trabajo infantil, las leyes laborales vigentes y las disposiciones de las leyes
contra la trata que se refieren a los niños y procesando a quienes las infrinjan, invita
a la Organización Internacional del Trabajo a seguir prestando la asistencia
necesaria a ese respecto y alienta al Gobierno a que considere la posibilidad de
ratificar el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo sobre la
prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su
prohibición (Convenio No. 182) de 1999;
_______________
6
Resolución 2106 A (XX), anexo.
Resolución 34/180, anexo.
8
Resolución 54/263, anexo II.
7
4
Select target paragraph3
Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents