Aplicación de los resultados de la Cumbre Mundial
sobre Desarrollo Social y del vigésimo cuarto período
extraordinario de sesiones de la Asamblea General
A/RES/74/122
Reafirmando el compromiso de promover los derechos de los pueblos indígenas
en los ámbitos de la educación, el empleo, la vivienda, el saneamiento, la salud, la
protección social y la seguridad social, y observando la atención que se presta a esos
ámbitos en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos
Indígenas,
Reafirmando también los esfuerzos realizados por los Gobiernos para lograr
todas las metas de los Objetivos de Desarrollo Sostenible relacionadas con la salud ,
en particular el Objetivo 3, a saber, garantizar una vida sana y promover el bienestar
de todos a lo largo de la vida, integrando esas metas en sus planes y políticas
nacionales, así como los notables progresos realizados en la mejora de la esperanza
de vida, la reducción de la mortalidad materna, neona tal e infantil y la lucha contra
las enfermedades transmisibles,
Reconociendo que las medidas adoptadas para lograr la cobertura sanitaria
universal para 2030 no están a la altura de las necesidades y que los niveles de
progreso y de inversión hasta la fecha son insuficientes para alcanzar la meta 3.8 de
los Objetivos de Desarrollo Sostenible, y que el mundo no ha cumplido todavía su
promesa de aplicar medidas a todos los niveles para atender las necesidades sanitarias
de todas las personas,
Recordando el resultado de la Asamblea Mundial de la Salud celebrada en mayo
de 2019, el acuerdo para acelerar y ampliar las medidas de prevención y tratamiento
de las enfermedades no transmisibles, el acuerdo sobre un enfoque común de la
resistencia a los antimicrobianos, la aprobación de una nueva estrategia mundial sobre
la salud, el medio ambiente y el cambio climático y la aprobación por la Asamblea de
la 11ª revisión de la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y
Problemas de Salud Conexos, que entrará en vigor el 1 de enero de 2022,
Reafirmando los compromisos contraídos en la Agenda 2030 para el Desarrollo
Sostenible, entre ellos el de garantizar una educación inclusiva y equitativa de calidad
y promover oportunidades de aprendizaje permanente para todos,
Observando con preocupación que, pese a los avances logrados, al menos la
mitad de la población mundial carece de acceso a servicios de salud esenciales, más
de 800 millones de personas soportan la carga que supone gastar como mínimo el
10 % de los ingresos familiares en la atención de la salud, cuyas consecuencias
pueden ser catastróficas, y los gastos por cuenta propia hunden en la pobreza a casi
100 millones de personas cada año,
Reafirmando que la educación para el desarrollo sostenible constituye un medio
esencial para hacer efectivo el desarrollo sostenible, como se indica en la Declaración
de Aichi-Nagoya sobre la Educación para el Desarrollo Sostenible 17, así como un
elemento integral del Objetivo de Desarrollo Sostenible referente a la educación de
calidad, y posibilita de manera decisiva el logro de los demás Objetivos, y acogiendo
con beneplácito el mayor reconocimiento internacional de la educación para el
desarrollo sostenible en un aprendizaje permanente y una educación de calidad,
Reconociendo que para lograr el desarrollo sostenible es importante
proporcionar una educación de calidad a todas las niñas y los niños, para lo cual será
necesario llegar a los niños que viven en la extrema pobreza, los niños con
discapacidad, los niños migrantes y refugiados y los que se encuentran en situaciones
de conflicto y posteriores a conflictos, así como proporcionar entornos de aprendizaje
seguros, no violentos, inclusivos y eficaces para todos, y reconociendo la importancia
de aumentar las inversiones y reforzar la cooperación internacional para que todos los
niños puedan completar una educación preescolar, primaria y secundaria gratuita,
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19-22042
A/70/228, anexo.
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