A/RES/48/16 Página 2 1. Toma nota del informe del Secretario General sobre el cumplimiento de la resolución 47/19 1/; 2. Reitera su exhortación a todos los Estados a que se abstengan de promulgar y aplicar leyes y medidas del tipo referido en el preámbulo de la presente resolución, en cumplimiento de sus obligaciones de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y el derecho internacional que, entre otras cosas, consagran la libertad de comercio y navegación; 3. Insta una vez más a los Estados donde existan y continúen aplicándose ese tipo de leyes y medidas a que, en el plazo más breve posible y de acuerdo con su ordenamiento jurídico, tomen las medidas necesarias para eliminarlas o anular su efecto; 4. Pide al Secretario General que, en consulta con los órganos y agencias pertinentes del sistema de las Naciones Unidas, prepare un informe sobre el cumplimiento de la presente resolución a la luz de los propósitos y principios de la Carta y el derecho internacional y lo presente a la Asamblea General en su cuadragésimo noveno período de sesiones; 5. Decide incluir en el programa provisional de su cuadragésimo noveno período de sesiones el tema titulado "Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos de América contra Cuba. 48a. sesión plenaria 3 de noviembre de 1993 ____________ 1/ A/48/448.

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