A/RES/54/127
Página 3
Americanos, celebrado en Washington, D.C. el 13 y 14 de noviembre de 19973, así como otros instrumentos
internacionales vigentes e iniciativas en curso;
3. Insta a los Estados a que consideren la posibilidad de adoptar las medidas legislativas o de otra índole
que sean necesarias para tipificar como delitos en su derecho interno la fabricación y el tráfico ilícitos de armas
de fuego, sus piezas y componentes y municiones, así como de explosivos;
4. Alienta a los Estados a que estudien los medios de intensificar la cooperación y el intercambio de
datos y demás información con miras a prevenir, impedir, combatir y erradicar la fabricación y el tráfico
ilícitos de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones, así como de explosivos;
5. Pide al Secretario General que, dentro de los límites de los recursos existentes o extrapresupuestarios,
convoque a un grupo de expertos integrado por no más de veinte miembros sobre la base de una representación
geográfica equitativa para que prepare un estudio sobre la fabricación y el tráfico ilícitos de explosivos por
delincuentes y su uso para fines delictivos, teniendo plenamente en cuenta las cuestiones enumeradas en el
párrafo 2 de la resolución 1998/17 del Consejo Económico y Social;
6. Pide asimismo al Secretario General que facilite la participación de expertos de países en desarrollo
en la reunión del grupo de expertos proporcionando recursos existentes o extrapresupuestarios para sufragar
los gastos de viaje de expertos de dichos países;
7. Invita a los Estados Miembros a que hagan contribuciones voluntarias para financiar el estudio que
ha de preparar el grupo de expertos y facilitar la participación de expertos de países en desarrollo;
8. Pide al Secretario General que informe lo antes posible a la Comisión de Prevención del Delito y
Justicia Penal acerca de los resultados del estudio y solicita al Comité Especial que, una vez terminado el
estudio, considere la posibilidad de elaborar un instrumento internacional sobre la fabricación y el tráfico
ilícitos de explosivos.
83a. sesión plenaria
17 de diciembre de 1999
3
Véase A/53/78, anexo.