A/RES/62/215 89. Acoge con satisfacción las actividades del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente relacionadas con los desechos marinos llevadas a cabo en cooperación con los órganos y organizaciones competentes de las Naciones Unidas, y alienta a los Estados a que formen nuevas asociaciones con el sector marítimo y la sociedad civil para aumentar la conciencia sobre la magnitud de los efectos de los desechos marinos para la salud y la productividad del medio marino, así como la consiguiente pérdida económica; 90. Insta a los Estados a integrar la cuestión de los desechos marinos en las estrategias nacionales de gestión de desechos en la zona costera, los puertos y el sector marítimo, incluidos el reciclado, la reutilización, la reducción y la eliminación, y a alentar el establecimiento de incentivos económicos adecuados para combatir el problema, incluida la elaboración de sistemas de recuperación de costos que estimulen el uso de las instalaciones portuarias de recepción y disuadan a los buques de verter desechos al mar, y alienta a los Estados a cooperar a nivel regional y subregional en la preparación y ejecución de programas conjuntos de prevención y recuperación de los desechos marinos; 91. Alienta a los Estados que aún no lo hayan hecho a que se hagan partes en el Protocolo de 1997 (Anexo VI–Reglas para prevenir la contaminación atmosférica ocasionada por los buques) al Convenio internacional para prevenir la contaminación por buques, de 1973, en su forma modificada por el Protocolo correspondiente de 1978, y también a que ratifiquen el Convenio internacional para el control y la gestión del agua de lastre y los sedimentos de los buques, de 2004 48, o se adhieran a él, para facilitar así su pronta entrada en vigor; 47F 92. Acoge con beneplácito la próxima entrada en vigor, el 17 de septiembre de 2008, del Convenio internacional sobre el control de los sistemas antiincrustantes perjudiciales en los buques, de 2001 49; 48F 93. Observa los trabajos que está realizando la Organización Marítima Internacional con arreglo a su resolución sobre las políticas y prácticas de la Organización Marítima Internacional en relación con la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de buques 50 y el plan de trabajo para determinar y elaborar el mecanismo o los mecanismos necesarios a fin de limitar o reducir las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes del transporte marítimo internacional, y acoge con satisfacción las actividades que realiza esa organización en tal sentido; 49F 94. Observa con reconocimiento la labor que realiza la Organización Marítima Internacional con el fin de elaborar y aprobar un plan de acción sobre la insuficiencia de las instalaciones portuarias de recepción de desechos e insta a los Estados a que cooperen para remediar la falta de instalaciones de ese tipo de conformidad con el plan de acción; 95. Exhorta a los Estados a aplicar el Programa de Acción Mundial para la protección del medio marino frente a las actividades realizadas en tierra 51 y a adoptar todas las medidas apropiadas para cumplir los compromisos de la 50F _______________ 48 Organización Marítima Internacional, documento BWM/CONF/36, anexo. Organización Marítima Internacional, documento AFS/CONF/26, anexo. 50 Organización Marítima Internacional, resolución A.963(23) de la Asamblea. 51 A/51/116, anexo II. 49 18

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