A/RES/62/215 consultas recibirán una consideración prioritaria en el desembolso de fondos con cargo al fondo fiduciario de contribuciones voluntarias establecido en cumplimiento de la resolución 55/7 a fin de financiar sus gastos de viaje, y podrán también recibir dietas con sujeción a la disponibilidad de fondos una vez que se hayan cubierto los gastos de viaje de todos los demás representantes de los países mencionados en el párrafo 139 supra que reúnan las condiciones; 141. Recuerda su decisión de que las deliberaciones de la novena reunión del proceso de consultas se centren en el tema “La seguridad marítima”; XV Coordinación y cooperación 142. Alienta a los Estados a que cooperen estrechamente con las organizaciones, fondos y programas internacionales, así como con los organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas y los convenios internacionales pertinentes, y por intermedio de todos ellos, a fin de determinar nuevos temas centrales para mejorar la coordinación y la cooperación y la mejor forma de tratar estas cuestiones; 143. Pide al Secretario General que señale la presente resolución a la atención de los jefes de las organizaciones intergubernamentales, los organismos especializados, los fondos y los programas de las Naciones Unidas que realicen actividades relacionadas con los asuntos oceánicos y el derecho del mar, así como de las instituciones de financiación, y subraya la importancia de que hagan aportes constructivos y oportunos al informe del Secretario General sobre los océanos y el derecho del mar y de que participen en las reuniones y procesos pertinentes; 144. Acoge con agrado la labor que han realizado las secretarías de los organismos especializados, programas, fondos y órganos competentes de las Naciones Unidas, así como las secretarías de las organizaciones y los convenios pertinentes, para aumentar la coordinación y cooperación interinstitucionales en las cuestiones oceánicas, incluso mediante ONU-Océanos, mecanismo de coordinación entre organismos del sistema de las Naciones Unidas para las cuestiones relativas a los océanos y las costas; 145. Alienta a ONU-Océanos a que siga presentando a los Estados Miembros información actualizada sobre sus prioridades e iniciativas, en particular sobre la participación propuesta en ONU-Océanos; XVI Actividades de la División de Asuntos Oceánicos y del Derecho del Mar 146. Expresa su reconocimiento al Secretario General por el informe anual amplio sobre los océanos y el derecho del mar, preparado por la División, así como por las demás actividades de la División, que reflejan la alta calidad de la asistencia que presta a los Estados Miembros; 147. Pide al Secretario General que siga ejerciendo las funciones y responsabilidades que se le encomiendan en la Convención y en las resoluciones de la Asamblea General sobre la cuestión, incluidas las resoluciones 49/28 y 52/26, y que asegure que se asignen a la División recursos suficientes para desempeñar sus funciones en el marco del presupuesto aprobado de la Organización; 26

Select target paragraph3