A/RES/62/215
tareas y oportunidades tan diversas como la relación adecuada entre el derecho
sobre el salvamento y la gestión y conservación científicas del patrimonio cultural
submarino, el aumento de la capacidad tecnológica de descubrir y llegar a sitios
submarinos, el pillaje y el aumento del turismo submarino;
Observa los esfuerzos realizados por la Organización de las Naciones
8.
Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura con respecto a la conservación del
patrimonio cultural subacuático y en particular las normas anexas a la Convención
sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático, de 2001 12 que se refieren a
la relación entre el derecho sobre el salvamento y los principios científicos de
gestión, conservación y protección del patrimonio cultural subacuático entre los
Estados partes, sus nacionales y los buques que enarbolan su pabellón;
1F
Acoge con agrado la decisión adoptada por la Conferencia General de la
9.
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura en
su 34ª reunión de aumentar los recursos disponibles para la Comisión Oceanográfica
Intergubernamental en el próximo bienio 13, lo cual permitirá que la Comisión amplíe
sus actividades de manera gradual y refuerce su capacidad en el marco de la
organización;
12F
II
Creación de capacidad
10. Exhorta a los organismos donantes y a las instituciones financieras
internacionales a que examinen sistemáticamente sus programas para asegurar que
todos los Estados, y en particular los Estados en desarrollo, dispongan de los
conocimientos económicos, jurídicos, náuticos, científicos y técnicos necesarios
para la plena aplicación de la Convención y la consecución de los objetivos de la
presente resolución, así como para el aprovechamiento sostenible de los océanos y
los mares en los planos nacional, regional y mundial, y a que al mismo tiempo
tengan presentes los intereses y las necesidades de los Estados en desarrollo sin
litoral;
11. Alienta a que se intensifiquen los esfuerzos para crear capacidad en los
países en desarrollo, en particular los países menos adelantados y los pequeños
Estados insulares en desarrollo, así como los Estados ribereños de África, a fin de
mejorar los servicios hidrográficos y la producción de cartas náuticas, incluidas las
cartas electrónicas, así como la movilización de recursos y la creación de capacidad
con el apoyo de las instituciones financieras internacionales y de la comunidad de
donantes;
12. Exhorta a los Estados y a las instituciones financieras internacionales a
que sigan reforzando las actividades de creación de capacidad en la investigación
científica marina, en particular en los países en desarrollo, por medios como los
programas de cooperación bilateral, regional y mundial y las asociaciones de
colaboración técnica, capacitando a personal para desarrollar y mejorar los
conocimientos especializados pertinentes, suministrando el equipo, los servicios y
_______________
12
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, Actas de la Conferencia
General, 31ª reunión, París, 15 de octubre a 3 de noviembre de 2001, vol. 1 y corrección: Resoluciones,
resolución 24, anexo.
13
Ibíd., 34ª reunión, París, 16 de octubre a 2 de noviembre de 2007, vol. 1: Resoluciones, resolución 93.
6