A/RES/49/55
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b)
Expresa su agradecimiento a los gobiernos cuyas contribuciones han
permitido la celebración de los seminarios y hace un llamamiento a los
gobiernos, a los órganos pertinentes de las Naciones Unidas y a
organizaciones, instituciones y particulares para que aporten contribuciones
voluntarias al Fondo Fiduciario para la organización de simposios de la
Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional y,
cuando proceda, para la financiación de proyectos especiales y a que ayuden de
otras formas a la secretaría de la Comisión a financiar y organizar seminarios
y simposios, en particular en países en desarrollo, y a conceder becas a
candidatos de países en desarrollo para que puedan participar en esos
seminarios y simposios;
c)
Hace un llamamiento al Programa de las Naciones Unidas para el
Desarrollo y a otros organismos de las Naciones Unidas que se ocupan de la
asistencia para el desarrollo para que apoyen el programa de capacitación y
asistencia técnica de la Comisión, coordinen sus actividades con las de la
Comisión y cooperen con ella;
6.
Acoge con satisfacción el establecimiento del Fondo Fiduciario con
el fin de que la Comisión pueda conceder asistencia para gastos de viaje a
países en desarrollo que son miembros de la Comisión, a petición de éstos y en
consulta con el Secretario General, en cumplimiento del párrafo 5 de la
resolución 48/32 de la Asamblea General, de 9 de diciembre de 1993;
7.
Exhorta a los gobiernos, a los organismos pertinentes de las
Naciones Unidas y a organizaciones, instituciones y particulares a que, con
objeto de garantizar la plena participación de todos los Estados Miembros en
los períodos de sesiones de la Comisión y de sus grupos de trabajo, hagan
contribuciones voluntarias al Fondo Fiduciario mencionado en el párrafo 6
supra;
8.
Decide que, a fin de asegurar la plena participación de todos los
Estados Miembros en los períodos de sesiones de la Comisión y de sus grupos de
trabajo, siga considerando en la Comisión Principal competente durante el
cuadragésimo noveno período de sesiones de la Asamblea General la posibilidad
de conceder asistencia para gastos de viaje, dentro de los recursos
existentes, a los países menos adelantados que sean miembros de la Comisión, a
petición de éstos y en consulta con el Secretario General;
9.
Pide al Secretario General que vele por que se asignen recursos
adecuados para la aplicación efectiva de los programas de la Comisión;
10. Destaca la importancia que tiene para la unificación y la
armonización general del derecho mercantil internacional la entrada en vigor
de los convenios elaborados por la Comisión y, con ese fin, insta a los
Estados que aún no lo hayan hecho a que consideren la conveniencia de firmar y
ratificar esos convenios o de adherirse a ellos;
11. Pide al Secretario General que le presente, en su quincuagésimo
período de sesiones, un informe sobre la aplicación del párrafo 8 de la
presente resolución.
84ª sesión plenaria
9 de diciembre de 1994