Cooperación entre las Naciones Unidas y la Organización de Cooperación Económica
A/RES/69/111
de la red ferroviaria de esa organización y que en la 6ª reunión del Comité de
Carreteras del Consejo de Coordinación del Transporte de Tránsito, celebrada en
Teherán en diciembre de 2013, se aprobó el plan de desarrollo de la red de
carreteras, e invita a todas las instituciones financieras internacionales y
especializadas competentes a que consideren la posibilidad de participar en la
aplicación de esos planes, teniendo en cuenta el papel fundamental desempeñado
por las redes de carreteras y ferroviarias de la región como puentes terrestres entre
Asia y Europa;
9.
Observa las recomendaciones del taller conjunto de la Organización de
Cooperación Económica y la Comisión Económica para Europa sobre una
legislación unificada en materia ferroviaria, celebrado en Ankara en junio de 2012,
respecto de la formulación de una legislación unificada en lo referente al tráfico
internacional de mercancías y pasajeros por ferrocarril con el fin de facilitar el
transporte ferroviario en la región, e invita a los organismos competentes de las
Naciones Unidas a que consideren la posibilidad de aplicar las recomendaciones;
10. Aprecia la labor realizada por la Organización de Cooperación
Económica, la Comisión Económica para Europa y otras instituciones a fin de
reactivar el Convenio Aduanero relativo al Transporte Internacional de Mercancías
al Amparo de los Cuadernos TIR (Convenio TIR)3 en el Afganistán y conseguir la
adhesión del Pakistán al Convenio sobre Transporte Internacional por Ferrocarril4
en 2013, y expresa su satisfacción por el apoyo de la Comisión Económica para
Europa a la ejecución del proyecto piloto TIR a lo largo del corredor de transporte
entre el Pakistán, la República Islámica del Irán y Turquía;
11. Aprecia la labor realizada por la Organización de Cooperación
Económica para establecer dos corredores de transporte por carretera, entre el
Pakistán, la República Islámica del Irán y Turquía, y entre Kirguistán, Tayikistán,
el Afganistán y la República Islámica del Irán, invita a las organizaciones
internacionales y regionales competentes, en particular a la Comisión Económica y
Social para Asia y el Pacífico, el Banco Islámico de Desarrollo y la Comisión
Económica para Europa, a que consideren la posibilidad de participar en las esferas
de estudios, las caravanas de demostración y otras actividades previstas en el
proyecto de la Organización de Cooperación Económica para desarrollar esos
corredores, en el marco de sus respectivos mandatos, y, observando el progreso
logrado en el establecimiento de los dos corredores de transporte por carretera,
invita a la Organización de Cooperación Económica y la Comisión Económica para
Europa a que lleven a cabo un estudio sobre la seguridad vial a lo largo de estos
corredores y organicen programas de desarrollo de la capacidad y cursos de
capacitación sobre seguridad vial con el apoyo de las instituciones pertinentes,
según proceda;
12. Alienta a los Estados miembros de la Organización de Cooperación
Económica que aún no lo hayan hecho a que se adhieran a la Convención relativa al
Contrato de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera5, el
Convenio TIR, el Convenio Internacional sobre la Armonización de los Controles de
Mercancías en las Fronteras6, el Acuerdo Europeo sobre el Transporte Internacional
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3
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1079, núm. 16510.
Ibid., vol. 1397, núm. 23353.
5
Ibid., vol. 399, núm. 5742.
6
Ibid., vol. 1409, núm. 23583.
4
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