A/RES/56/267 o satisfacción justa y adecuada respecto de los actos de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia, y a que adopten medidas efectivas para impedir la repetición de esos actos; 30. Insta también a los Estados a que estudien y revisen, de ser necesario, sus leyes, normas y prácticas de inmigración a fin de que no incurran en discriminación racial y sean compatibles con las obligaciones que les incumben en virtud de los instrumentos internacionales de derechos humanos; 31. Exhorta a todos los gobiernos y a las organizaciones intergubernamentales a que, con la asistencia de organizaciones no gubernamentales, cuando corresponda, sigan proporcionando al Relator Especial información en la materia para que pueda cumplir su mandato; 32. Reconoce la importancia de las instituciones nacionales independientes de derechos humanos que se ajustan a los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales para la promoción y protección de los derechos humanos, que figuran en el anexo de la resolución 48/134 de la Asamblea General, de 20 de diciembre de 1993, y la de otras instituciones especializadas en la materia y creadas por ley para la promoción y protección de los derechos humanos, incluidas las de ombudsman, en la lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, así como para la promoción de los valores democráticos y el imperio de la ley; alienta a los Estados a que, según proceda, establezcan instituciones de esa índole e insta a las autoridades y a la sociedad en general de los países en que están desempeñando sus funciones de promoción, protección y prevención a que cooperen en la mayor medida posible con esas instituciones, respetando al mismo tiempo su independencia; 33. Condena enérgicamente el hecho de que subsistan aún en ciertas partes del mundo la esclavitud y las prácticas similares a la esclavitud e insta a los Estados a que, como cuestión prioritaria, adopten de inmediato medidas para poner fin a esas prácticas, que constituyen una vulneración patente de los derechos humanos; 34. Encomia a las organizaciones no gubernamentales por las actividades que han realizado contra el racismo y la discriminación racial, así como por su constante apoyo y asistencia a las víctimas del racismo y la discriminación racial; 35. Insta a todos los gobiernos a que cooperen plenamente con el Relator Especial para que pueda cumplir su mandato, incluido el examen de los incidentes de formas contemporáneas de racismo y discriminación racial, contra africanos y descendientes de africanos, entre otros, y de xenofobia, negrofobia, islamofobia, antisemitismo e intolerancia conexa; 36. Pide al Secretario General que proporcione al asistencia financiera y humana necesaria para que pueda eficiencia, eficacia y prontitud y para que pueda presentar la Asamblea General en su quincuagésimo séptimo período Relator Especial toda la cumplir su mandato con un informe provisional a de sesiones; 37. Decide seguir examinando la cuestión en su quincuagésimo séptimo período de sesiones, en relación con el tema del programa titulado “Eliminación del racismo y la discriminación racial”. 97ª sesión plenaria 27 de marzo de 2002 7

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