Fortalecimiento del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención
del delito y justicia penal, en particular de su capacidad de cooperación técnica
A/RES/69/197
Estados y de conformidad con el estado de derecho, en el marco de una respuesta
integral para promover soluciones duraderas mediante la promoción de los derechos
humanos y de condiciones socioeconómicas más equitativas,
Expresando profunda preocupación por los delitos ambientales, como el
tráfico de especies de fauna y flora silvestres amenazadas y, en su caso, protegidas 19,
y poniendo de relieve la necesidad de combatir esos delitos mediante el
fortalecimiento de la cooperación internacional, la creación de capacidad, las
respuestas de la justicia penal y las actividades de cumplimiento de la ley,
Poniendo de relieve que las medidas coordinadas son críticas para eliminar,
prevenir y combatir la corrupción y desarticular las redes ilícitas que impulsan y
permiten el tráfico de fauna y flora silvestres y productos forestales, como la madera
y los productos madereros,
Alentando a los Estados Miembros a que, cuando corresponda, elaboren y
apliquen políticas amplias de prevención del delito, estrategias nacionales y locales
y planes de acción basados en la comprensión de los numerosos factores que
contribuyen a su comisión, y a que se ocupen de esos factores de manera integral, en
estrecha cooperación con todos los interesados, incluida la sociedad civil,
Destacando que el desarrollo social debería ser un elemento integral de las
estrategias dirigidas a fomentar la prevención del delito y el desarrollo económico
en todos los Estados,
Reconociendo la necesidad de mantener un equilibrio en la capacidad de
cooperación técnica de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el
Delito entre todas las prioridades pertinentes señaladas por la Asamblea General y el
Consejo Económico y Social y sus órganos subsidiarios,
Reconociendo también que, gracias a sus numerosos signatarios y a su gran
ámbito de aplicación, la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia
Organizada Transnacional y la Convención de las Naciones Unidas contra la
Corrupción constituyen un fundamento importante para la cooperación
internacional, entre otras cosas, en materia de extradición, asistencia judicial
recíproca y decomiso y recuperación de activos, y proporcionan un mecanismo
eficaz que se debería aprovechar y aplicar más,
Teniendo presente la necesidad de asegurar la adhesión universal a la
Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada
Transnacional y sus Protocolos, así como su plena aplicación, e instando a los
Estados partes a que hagan uso pleno y efectivo de dichos instrumentos,
Observando la importante contribución que la cooperación entre los sectores
público y privado puede hacer a los esfuerzos por prevenir y combatir en el sector
del turismo las actividades delictivas, como la delincuencia organizada
transnacional, la corrupción y el terrorismo,
Reconociendo la importancia universal de la buena gobernanza y de la lucha
contra la corrupción y pidiendo tolerancia cero ante la corrupción en todas sus
formas, especialmente el soborno, así como el blanqueo del producto de la
corrupción y otras formas de delincuencia económica,
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Véase la resolución 2013/40 del Consejo Económico y Social, relativa a las respuestas en materia de
prevención del delito y justicia penal al tráfico ilícito de especies protegidas de fauna y flora silvestres.
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