A/RES/68/131 Promoción de la integración social mediante la inclusión social emergencias humanitarias y el cambio climático y, a este respecto, invita a las entidades de las Naciones Unidas y las instituciones internacionales pertinentes a que apoyen esos esfuerzos; Invita a los Estados Miembros y alienta a las organizaciones regionales a 9. prestar apoyo a las iniciativas nacionales encaminadas a lograr sociedades inclusivas, en particular en los países en desarrollo, cuando así lo soliciten, por medios como la cooperación financiera y técnica para la elaboración y aplicación de políticas de inclusión social racionales; 10. Alienta a los Estados Miembros a incorporar los objetivos de integración social en las políticas de inclusión social promoviendo la participación de las personas que pertenecen a grupos vulnerables o marginados o que se encuentran en situaciones vulnerables o de marginación en los procesos de planificación, aplicación y seguimiento, en colaboración, según proceda, con las organizaciones pertinentes del sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo, las organizaciones regionales, las instituciones financieras internacionales y regionales, los asociados para el desarrollo y los interlocutores sociales, el sector privado y las organizaciones de la sociedad civil; 11. Invita a los Estados Miembros, las organizaciones pertinentes del sistema de las Naciones Unidas, las organizaciones regionales, las instituciones financieras internacionales y regionales, los asociados para el desarrollo y los interlocutores sociales, el sector privado y las organizaciones de la sociedad civil a que proporcionen información sobre las actividades que realizan para promover la inclusión social y la integración social e intercambien opiniones, buenas prácticas e información sobre la elaboración de políticas relativas a la inclusión social; 12. Invita a los Estados Miembros a que tengan debidamente en cuenta la promoción de la integración social y la no discriminación como parte integral de la lucha contra las desigualdades en la elaboración de la agenda para el desarrollo después de 2015, y alienta a los Estados Miembros a que, en cooperación con la sociedad civil, hagan todo lo posible para atender las necesidades de las personas más vulnerables y promuevan su participación en los procesos de adopción de decisiones; 13. Alienta a los Estados Miembros a mejorar la recopilación y utilización de datos desglosados por edad, sexo y otros criterios pertinentes para la formulación de políticas y programas encaminados a lograr la inclusión social, y destaca la importancia de la cooperación internacional a este respecto; 14. Solicita al Secretario General que en su septuagésimo período de sesiones le presente un informe sobre la aplicación de la presente resolución en que se tenga en cuenta la información proporcionada por los Estados Miembros y los agentes pertinentes del sistema de las Naciones Unidas; 15. Decide seguir examinando la cuestión en su septuagésimo período de sesiones, en relación con el tema titulado “Desarrollo social”. 70ª sesión plenaria 18 de diciembre de 2013 4/4

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