A/RES/50/227 Página 4 reconoce también la importancia de los recursos complementarios como mecanismo para mejorar la capacidad del sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo y complementar los medios de que se dispone para las actividades operacionales para el desarrollo. 13. Conviene destacar la importancia de seguir mejorando los mecanismos para tener informados a los Estados Miembros del efecto de las actividades operacionales para el desarrollo y del panorama financiero de los fondos y programas coordinados por el Consejo Económico y Social, así como de la relación entre las necesidades de los programas y los recursos financieros disponibles. 14. Deben aplicarse plenamente las recomendaciones y prioridades establecidas en la resolución 50/120 de la Asamblea General relativas a las medidas para mejorar la eficiencia y la eficacia de las actividades operacionales para el desarrollo del sistema de las Naciones Unidas, incluidas entre otras medidas los programas centrados en el objetivo de atender las necesidades específicas de los países en desarrollo, dando prioridad en la asignación de recursos a los países en desarrollo, en particular a los países menos adelantados y a África, con una cooperación apropiada entre los programas de las Naciones Unidas, y manteniendo los gastos administrativos en un nivel que permita la ejecución eficaz de los programas. 15. Todas las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo deberían centrar sus esfuerzos sobre el terreno en esferas prioritarias, de conformidad con las prioridades establecidas por los países receptores y los mandatos, las declaraciones de misión y las decisiones pertinentes de sus órganos rectores, con miras a evitar la duplicación de esfuerzos y aumentar la complementariedad y los efectos de su labor. 16. La Asamblea General debería examinar, para su quincuagésimo segundo período de sesiones, las modalidades de financiación mencionadas. La decisión sobre el futuro de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre promesas de contribuciones para actividades de desarrollo se aplazará hasta que se concluya ese examen. En el caso de que al término del quincuagésimo segundo período de sesiones de la Asamblea General no se disponga todavía de los resultados del examen, se adoptará entonces una decisión respecto de si procede modificar las fechas de la Conferencia sobre Promesas de Contribuciones para el quincuagésimo segundo período de sesiones. 17. Se pide al Secretario General que prepare un informe sobre ideas nuevas e innovadoras para generar recursos financieros, que examinará la Asamblea General de forma prioritaria, a más tardar en su quincuagésimo primer período de sesiones, teniendo en cuenta los debates del período de sesiones sustantivo de 1996 del Consejo Económico y Social, en el que se analicen las diversas propuestas que se hayan formulado acerca de las fuentes y modalidades innovadoras de financiación de las actividades operacionales, incluidas las fuentes nacionales, internacionales y privadas, y en el que el Secretario General exponga sus opiniones sobre las ventajas y desventajas de cada una de ellas. Las fuentes de financiación innovadoras podrían ser otro medio de proporcionar recursos a las actividades operacionales para el desarrollo. II. ASAMBLEA GENERAL 18. La Asamblea General debería ampliar su función de dirección normativa en cuestiones de desarrollo, puesto que la Carta de las Naciones Unidas le otorga /...

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