A/RES/50/227
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25.
Durante el quincuagésimo primer período de sesiones de la Asamblea
General deberían examinarse las disposiciones adoptadas en la Asamblea General
y el Consejo Económico y Social para estudiar la coordinación de la asistencia
humanitaria y la asistencia económica especial a determinados países y
regiones.
26.
Para asegurar, siempre que sea posible, un enfoque común y un mandato
claro a nivel de todo el sistema en relación con las cuestiones que traten de
la asistencia económica especial a determinados países, cada resolución
debería contener, en la medida posible y según proceda, una sección preambular
común, mientras que los aspectos específicos (necesidades individuales) se
limitarían a varios párrafos dispositivos.
27.
Para facilitar los debates basados en un enfoque integrado con respecto
a las cuestiones de desarrollo, debería estudiarse la posibilidad de escoger
un tema o temas principales para centrar los debates sustantivos sobre cada
"grupo" de temas del programa, sin perjuicio del derecho de las delegaciones
de plantear cualquier otro tema concreto en los debates.
28.
Se deberían celebrar consultas en fecha temprana, dentro de un período
de sesiones de organización de la Comisión, antes del comienzo de su debate
general, sobre la base de propuestas de la Mesa, para adoptar una decisión
sobre la manera de agrupar los temas del programa y, cuando fuera posible,
sobre las materias y los conceptos centrales de esos grupos, teniendo en
cuenta el contenido de los informes presentados, así como sobre los temas que
se deberían examinar o sobre los cuales se deberían adoptar decisiones y
resoluciones sin un debate oficial.
29.
El programa de trabajo de la Segunda Comisión se presenta en el anexo
II, sin perjuicio de las disposiciones actuales sobre el examen bienal y
trienal de temas, de conformidad con lo decidido por la Asamblea General en su
resolución 48/162.
30.
El programa de trabajo de la Tercera Comisión está estructurado de
conformidad con la decisión 50/465 de la Asamblea General, de 22 de diciembre
de 1995 (véase el anexo III).
III.
DOCUMENTACIÓN Y CUESTIONES CONEXAS
31.
Se pide a la Secretaría y a los representantes de los organismos
especializados organicen reuniones informativas, según proceda, sobre las
cuestiones que se examinarán en relación con los temas del programa, por lo
menos una semana antes de la apertura del período de sesiones de la Asamblea
General. La Segunda Comisión, en cumplimiento de la resolución 48/162,
debería examinar a comienzos del período de sesiones todos los aspectos
relacionados con el mejoramiento de los métodos de trabajo de la Comisión.
32.
Deberían utilizarse en mayor medida en la Segunda Comisión documentos de
antecedentes pertinentes tales como el Estudio Económico y Social Mundial, el
Informe sobre el Comercio y el Desarrollo, el Informe sobre el Desarrollo
Mundial y las Perspectivas de la economía mundial; se debería mejorar la
cooperación y la coordinación entre el Departamento de Información Económica y
Social y Análisis de Políticas y la secretaría de la Conferencia de las
Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo en la preparación de los dos
primeros informes, para velar por que se complementen mejor entre sí.
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