A/RES/50/227 Página 6 25. Durante el quincuagésimo primer período de sesiones de la Asamblea General deberían examinarse las disposiciones adoptadas en la Asamblea General y el Consejo Económico y Social para estudiar la coordinación de la asistencia humanitaria y la asistencia económica especial a determinados países y regiones. 26. Para asegurar, siempre que sea posible, un enfoque común y un mandato claro a nivel de todo el sistema en relación con las cuestiones que traten de la asistencia económica especial a determinados países, cada resolución debería contener, en la medida posible y según proceda, una sección preambular común, mientras que los aspectos específicos (necesidades individuales) se limitarían a varios párrafos dispositivos. 27. Para facilitar los debates basados en un enfoque integrado con respecto a las cuestiones de desarrollo, debería estudiarse la posibilidad de escoger un tema o temas principales para centrar los debates sustantivos sobre cada "grupo" de temas del programa, sin perjuicio del derecho de las delegaciones de plantear cualquier otro tema concreto en los debates. 28. Se deberían celebrar consultas en fecha temprana, dentro de un período de sesiones de organización de la Comisión, antes del comienzo de su debate general, sobre la base de propuestas de la Mesa, para adoptar una decisión sobre la manera de agrupar los temas del programa y, cuando fuera posible, sobre las materias y los conceptos centrales de esos grupos, teniendo en cuenta el contenido de los informes presentados, así como sobre los temas que se deberían examinar o sobre los cuales se deberían adoptar decisiones y resoluciones sin un debate oficial. 29. El programa de trabajo de la Segunda Comisión se presenta en el anexo II, sin perjuicio de las disposiciones actuales sobre el examen bienal y trienal de temas, de conformidad con lo decidido por la Asamblea General en su resolución 48/162. 30. El programa de trabajo de la Tercera Comisión está estructurado de conformidad con la decisión 50/465 de la Asamblea General, de 22 de diciembre de 1995 (véase el anexo III). III. DOCUMENTACIÓN Y CUESTIONES CONEXAS 31. Se pide a la Secretaría y a los representantes de los organismos especializados organicen reuniones informativas, según proceda, sobre las cuestiones que se examinarán en relación con los temas del programa, por lo menos una semana antes de la apertura del período de sesiones de la Asamblea General. La Segunda Comisión, en cumplimiento de la resolución 48/162, debería examinar a comienzos del período de sesiones todos los aspectos relacionados con el mejoramiento de los métodos de trabajo de la Comisión. 32. Deberían utilizarse en mayor medida en la Segunda Comisión documentos de antecedentes pertinentes tales como el Estudio Económico y Social Mundial, el Informe sobre el Comercio y el Desarrollo, el Informe sobre el Desarrollo Mundial y las Perspectivas de la economía mundial; se debería mejorar la cooperación y la coordinación entre el Departamento de Información Económica y Social y Análisis de Políticas y la secretaría de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo en la preparación de los dos primeros informes, para velar por que se complementen mejor entre sí. /...

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