A/RES/53/67
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11. Insta a los Estados Miembros a que cooperen con las Naciones Unidas en sus esfuerzos por
lograr que el siglo XXI se inicie en un mundo libre de colonialismo y los exhorta a continuar prestando
su pleno apoyo al Comité Especial en su empeño por lograr ese noble objetivo;
12. Invita a los organismos especializados y a otras organizaciones del sistema de las Naciones
Unidas a que adopten o sigan aplicando todas las medidas necesarias para acelerar el progreso de los
territorios en las esferas social y económica;
13. Pide al Comité Especial que siga examinando la cuestión de los pequeños territorios y presente
un informe al respecto a la Asamblea General en su quincuagésimo cuarto período de sesiones, con
recomendaciones sobre los medios apropiados para ayudar a los pueblos de los territorios a ejercer su
derecho a la libre determinación.
78a. sesión plenaria
3 de diciembre de 1998
B
TERRITORIOS INDIVIDUALES
La Asamblea General,
Remitiéndose a la resolución A supra,
I. Samoa Americana
Tomando nota de que la Potencia administradora ha comunicado que la mayoría de los dirigentes de
Samoa Americana están satisfechos con la relación que existe entre la isla y los Estados Unidos de
América,
Tomando nota con interés de la declaración formulada por el Gobernador de Samoa Americana en
el seminario de la región del Pacífico, celebrado en Nadi (Fiji), del 16 al 18 de junio de 19982, así como
de la información que proporcionó en ese seminario sobre la situación política y económica del Territorio,
Observando que el Gobierno del Territorio sigue teniendo graves problemas financieros,
presupuestarios y de control interno, y que el déficit y la situación financiera del Territorio se agravan por
la gran demanda de servicios gubernamentales de una población que aumenta a un ritmo acelerado, la base
impositiva y económica limitada, y los recientes desastres naturales,
Observando también que el Territorio, al igual que otras comunidades aisladas que disponen de
fondos limitados, sigue careciendo de servicios médicos suficientes y de otros elementos de infraestructura,
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Véase A/AC.109/2121, párr. 28.
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