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b)
La adopción de procedimientos para el arreglo pacífico de
controversias que surjan en determinados ámbitos del derecho internacional;
c)
La búsqueda de medios para fomentar un mayor reconocimiento de la
función que incumbe a la Corte Internacional de Justicia y su mayor
utilización en el arreglo pacífico de controversias;
d)
El aumento de la cooperación de las organizaciones regionales con
el sistema de organizaciones de las Naciones Unidas respecto del arreglo
pacífico de controversias;
e)
La utilización más amplia de la Corte Permanente de Arbitraje.
III.
FOMENTO DEL DESARROLLO PROGRESIVO DEL DERECHO INTERNACIONAL
Y SU CODIFICACIÓN
1.
Se invita a las organizaciones internacionales, incluidas las
organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y las organizaciones
regionales, a que presenten al Secretario General información sumaria acerca
de los programas y de los resultados de su labor en el contexto del desarrollo
progresivo del derecho internacional y su codificación, incluidas sus
sugerencias para la labor futura en su ámbito de especialización y una
indicación del foro competente para realizar esa labor. Se pide asimismo al
Secretario General que prepare un informe acerca de las actividades de las
Naciones Unidas en la materia, incluidas las de la Comisión de Derecho
Internacional. Esta información deberá consignarse en un informe del
Secretario General a la Sexta Comisión.
2.
Sobre la base de la información mencionada en el párrafo 1 de la
presente sección, se invita a los Estados a que presenten sugerencias a la
Sexta Comisión para que ésta las considere y para que formule las
recomendaciones que correspondan. En particular, debería procurarse determinar
las esferas del derecho internacional que estén listas para el desarrollo
progresivo o la codificación.
3.
La Sexta Comisión debería estudiar, teniendo en cuenta la resolución 684
(VII) de la Asamblea General, de 6 de noviembre de 1952 5/, su función de
coordinación con respecto, entre otras cuestiones, a la redacción de textos de
índole jurídica y la utilización uniforme de terminología jurídica en los
instrumentos internacionales aprobados por la Asamblea General. Se invita a
los Estados a que presenten propuestas a ese respecto a la Sexta Comisión.
4.
El Comité Especial de la Carta de las Naciones Unidas y del
fortalecimiento del papel de la Organización debería seguir estudiando
posibles medidas para fortalecer el sistema de las Naciones Unidas a los
efectos del mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales. En ese
contexto, el Comité Especial debería tener en cuenta el debate realizado en
las Naciones Unidas, en particular en la Asamblea General, sobre el informe
del Secretario General titulado "Un programa de paz".
IV.
FOMENTO DE LA ENSEÑANZA, EL ESTUDIO, LA DIFUSIÓN Y UNA
COMPRENSIÓN MÁS AMPLIA DEL DERECHO INTERNACIONAL
1.
El Comité Consultivo del Programa de asistencia de las Naciones Unidas
para la enseñanza, el estudio, la difusión y una comprensión más amplia del
derecho internacional debería, en el contexto del Decenio, seguir formulando,
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5/ V/éase el anexo II del reglamento de la Asamblea General
(A/520/Rev.15).
/...