A/HRC/55/49
c)
Fijar un salario mínimo que constituya un salario mínimo vital para todos
los trabajadores, independientemente del sector en que trabajen, de conformidad con
las normas internacionales de derechos humanos;
d)
Crear y apoyar mercados territoriales que permitan a la pesca en pequeña
escala conectar más directamente con los consumidores locales y regionales con el fin
de empoderar a las comunidades costeras y promover las prácticas comerciales justas;
e)
Proteger y apoyar la capacidad de los trabajadores del sector pesquero y
de los pescadores en pequeña escala para establecer una negociación colectiva con los
empleadores y los compradores, respectivamente;
f)
Negociar, interpretar y aplicar el Acuerdo sobre Subvenciones a la Pesca
de modo que proteja y apoye los medios de subsistencia de los pescadores en pequeña
escala y los trabajadores del sector pesquero de conformidad con el derecho y los
instrumentos de derechos humanos, como las Directrices Voluntarias para Lograr la
Sostenibilidad de la Pesca en Pequeña Escala en el Contexto de la Seguridad
Alimentaria y la Erradicación de la Pobreza y los tratados de la Organización
Internacional del Trabajo;
g)
Aprobar y aplicar leyes que eliminen con eficacia las formas
contemporáneas de esclavitud y trabajo infantil, entre otras cosas combatiendo sus
respectivas causas subyacentes;
h)
Garantizar el derecho a fundar sindicatos y afiliarse a ellos, también a los
trabajadores migrantes del sector pesquero;
i)
Habilitar canales seguros para que los trabajadores migrantes del sector
pesquero que estén indocumentados puedan denunciar violaciones de sus derechos de
manera anónima y sin temor a represalias, respetando el principio de no devolución y
velando por que los migrantes tengan acceso al mercado laboral ordinario en el país de
acogida.
99.
Con el apoyo de la FAO, las demás organizaciones internacionales y las
instituciones nacionales de derechos humanos, los Estados deberían elaborar planes de
acción nacionales para la pesca en pequeña escala y velar por que sean un elemento
integral de las estrategias nacionales sobre el derecho a la alimentación, lo que debería
incluir la recopilación de datos desglosados por género no binario.
100. En este sentido, la FAO debería dar prioridad y dedicar más recursos a la
prestación de protección y apoyo a los pescadores en pequeña escala, los trabajadores
del sector pesquero y los Pueblos Indígenas, entre otras cosas apoyando la plena
aplicación de las Directrices Voluntarias para Lograr la Sostenibilidad de la Pesca en
Pequeña Escala en el Contexto de la Seguridad Alimentaria y la Erradicación de la
Pobreza en todos los niveles de gobierno.
101. Los Estados deben revisar sus planes relativos a la economía azul y, en este
ámbito, deberían:
a)
Proteger a los pescadores en pequeña escala, los trabajadores del sector
pesquero y los Pueblos Indígenas ante los sectores de la “economía azul” que les hacen
la competencia;
b)
Gobernar el sector pesquero aplicando enfoques basados en los derechos
humanos en lugar de regímenes basados en los derechos de propiedad privada;
c)
Evitar el uso de instrumentos financieros “azules” para alcanzar objetivos
de conservación;
d)
Actuar con gran cautela en relación con la acuicultura; reconocer que la
amenaza tóxica y biológica que esta plantea para la salud humana y ambiental puede
superar a los beneficios; y no apoyar la expansión de este sector hasta que se conozcan
mejor sus riesgos y se cuente con una regulación sólida en la que se distinga entre las
actividades a pequeña y a gran escala;
GE.23-26071
23