Comercio internacional y desarrollo A/RES/74/201 3. Reitera que los Estados no podrán lograr los ambiciosos Objetivos y metas de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 4 sin una alianza mundial revitalizada y mejorada y sin unos medios de implementación que sean igualmente ambiciosos, y que una alianza mundial revitalizada facilitará una intensa participación mundial para respaldar la implementación de la Agenda 2030, aglutinando a los Gobiernos, la sociedad civil, el sector privado, el sistema de las Naciones Unidas y otras instancias, y movilizando todos los recursos disponibles; 4. Reafirma los compromisos contraídos mediante la aprobación de la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo 5 en la esfera del comercio internacional, entre otras, como importante esfera de acción para el desarrollo sostenible; 5. Observa con preocupación que la Organización Mundial del Comercio se ve cada vez más afectada por los escasos progresos logrados en las negociaciones comerciales multilaterales y que es imprescindible que se ocupe de las cuestiones que constituyen el núcleo de los problemas que afectan actualmente al comercio internacional, y reconoce a este respecto la necesidad de fortalecer a la Organización Mundial del Comercio, con miras a asegurar la viabilidad y la eficacia a largo plazo de sus funciones de solución de controversias, negociación y supervisión; 6. Renueva su firme compromiso de promover un sistema multilateral de comercio universal, basado en normas, abierto, transparente, predecible, inclusivo, no discriminatorio y equitativo en el marco de la Organización Mundial del Comercio, así como una verdadera liberalización del comercio; 7. Pone de relieve la urgente necesidad de combatir el proteccionismo en todas sus formas y de rectificar todas las medidas que distorsionan el comercio y no se ajustan a las normas de la Organización Mundial del Comercio, reconociendo el derecho de los países, en particular los países en desarrollo, a proceder con plena flexibilidad de acuerdo con los compromisos y obligaciones que han contraído en el marco de la Organización Mundial del Comercio, y pone de relieve también que la labor de la Organización Mundial del Comercio deberá seguir centrándose en el desarrollo y manteniendo como elemento integral las disposiciones sobre el trato especial y diferenciado; 8. Insta a la comunidad internacional a que actúe de manera urgente y eficaz para eliminar la utilización de medidas económicas, financieras o comerciales unilaterales que no hayan sido autorizadas por los órganos pertinentes de las Naciones Unidas, sean incompatibles con los principios del derecho internacional o la Carta de las Naciones Unidas o contravengan los principios básicos del sistema de comercio multilateral y que afecten en particular, pero no exclusivamente, a los países en desarrollo; 9. Exhorta a todos los miembros de la Organización Mundial del Comercio a que concluyan con carácter urgente las negociaciones sobre las subvenciones a la pesca en 2019, de conformidad con la decisión de la 11 a Conferencia Ministerial de la Organización Mundial del Comercio 6 y con miras a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible; 10. Subraya la importancia del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio anexo al Protocolo por el que se modifica el Acuerdo de Marrakech por el que se Establece la Organización Mundial del Comercio para mejorar la transparencia, agilizar la circulación, el despacho y la entrega de mercancías, en particular las __________________ 4 5 6 19-22414 Resolución 70/1. Resolución 69/313, anexo. WT/MIN(17)/64-WT/L/1031, de 13 de diciembre de 2017. 3/4

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