Naciones Unidas
Asamblea General
A/RES/55/211
Distr. general
22 de febrero de 2001
Quincuagésimo quinto período de sesiones
Tema 100 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
[sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/55/587)]
55/211. Cooperación entre las Naciones Unidas y la Organización
de Cooperación Económica del Mar Negro
La Asamblea General,
Recordando su resolución 54/5, de 8 de octubre de 1999, en la que otorgó la
condición de observador a la Organización de Cooperación Económica del
Mar Negro,
Recordando también que uno de los propósitos de las Naciones Unidas es
lograr la cooperación internacional para la solución de problemas internacionales de
carácter económico, social o humanitario,
Recordando además los Artículos de la Carta de las Naciones Unidas que
alientan a desarrollar actividades en el marco de la cooperación regional para la
promoción de los propósitos y principios de las Naciones Unidas,
Teniendo en cuenta que la Carta firmada en la reunión en la cumbre de Yalta
(Ucrania) el 5 de junio de 1998, que transformó la Organización de Cooperación
Económica del Mar Negro en una organización económica regional con
personalidad jurídica internacional 1, y la Declaración de la Cumbre de Estambul,
aprobada el 17 de noviembre de 1999 por los Jefes de Estado o de Gobierno de los
Estados miembros de la Organización de Cooperación Económica del Mar Negro 1,
confirmaron el compromiso de la Organización de promover reformas económicas,
sociales y democráticas efectivas en la región aplicando el principio pragmático de
que la cooperación económica es una medida eficaz de fomento de la confianza,
Convencida de que el fortalecimiento de la cooperación entre las Naciones
Unidas y otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y la Organización
de Cooperación Económica del Mar Negro contribuye a la promoción de los
propósitos y principios de las Naciones Unidas,
1.
Toma nota de la Declaración de la Cumbre de Estambul, aprobada el
17 de noviembre de 1999 por los Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados
miembros de la Organización de Cooperación Económica del Mar Negro 1, y de la
conveniencia expresada en ella de reforzar la cooperación entre la Secretaría de las
Naciones Unidas y la Organización de Cooperación Económica del Mar Negro;
1
00 57184
Véase www.bsec.gov.tr.