Combatir la glorificación del nazismo, el neonazismo y otras prácticas que
contribuyen a exacerbar las formas contemporáneas de racismo,
discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia
A/RES/72/156
derechos humanos, para prevenir la incitación al odio y a la violencia contra las
personas en situaciones de vulnerabilidad y, cuando sea necesario, a que consideren
la posibilidad de revisar la legislación nacional de lucha contra el racismo, a la luz de
las manifestaciones cada vez más flagrantes de discurso de odio e incitación a la
violencia contra esas personas;
19. Expresa profunda preocupación por los intentos de publicidad comercial
orientada a explotar los sufrimientos de las víctimas de los crímenes de guerra y los
crímenes de lesa humanidad perpetrados por el régimen nazi en la Segunda Guerra
Mundial;
20. Destaca que las prácticas descritas anteriormente deshonran la memoria
de las innumerables víctimas de crímenes de lesa humanidad cometidos durante la
Segunda Guerra Mundial, en particular los cometidos por la organización SS y por
quienes lucharon contra la coalición antihitleriana y colaboraron con el movimiento
nazi, y pueden influir negativamente en los niños y los jóvenes, y que el hecho de que
los Estados no adopten medidas eficaces para acabar con esas prácticas es
incompatible con las obligaciones que incumben a los Estados Miembros de las
Naciones Unidas en virtud de su Carta, incluidas las relacionadas con los propósitos
y principios de la Organización;
21. Destaca también que todas las prácticas de esa índole exacerban las formas
contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de
intolerancia y contribuyen a la proliferación y multiplicación de diversos partidos
políticos, movimientos y grupos extremistas, como los grupos neonazis y de cabezas
rapadas, y a ese respecto pide que se aumente la vigilancia;
22. Expresa preocupación porque los desafíos a la democracia y los derechos
humanos que representan los partidos políticos, movimientos y grupos extremistas
son universales y porque ningún país es inmune a ellos;
23. Subraya la necesidad de adoptar las medidas que hagan falta para poner
fin a dichas prácticas y exhorta a los Estados y todos los demás interesados a que
tomen medidas más eficaces de conformidad con las normas internacionales de
derechos humanos para prevenir y combatir esos fenómenos y los movimientos
extremistas, que entrañan una verdadera amenaza a los valores democráticos, y a que
aumenten la vigilancia y actúen con mayor diligencia en el fortalecimiento de sus
esfuerzos para reconocer esos fenómenos y hacerles frente de manera eficaz;
24. Subraya la importancia de los datos y las estadísticas sobre delitos racistas
y xenófobos para definir los tipos de delitos cometidos y el perfil de las víctimas y de
los autores y averiguar si estos están afiliados a movimientos o grupos extremistas,
lo que permite comprender mejor el fenómeno y determinar medidas eficaces para
combatir tales delitos, y recuerda a este respecto los compromisos asumidos en la
Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 15 sobre datos, vigilancia y rendición de
cuentas, incluido el de reunir datos desglosados;
25. Alienta a los Estados a que adopten nuevas medidas a fin de capacitar a la
policía y otros órganos encargados de hacer cumplir la ley en relación con las
ideologías de los partidos políticos, los movimientos y los grupos extremistas cuya
apología constituye una incitación a la violencia racista y xenófoba, fortalecer su
capacidad para perseguir los delitos motivados por el racismo y la xenofobia, cumplir
su responsabilidad de llevar ante la justicia a los autores de esos delitos y luchar
contra la impunidad;
26. Expresa profunda preocupación por el aumento del número de escaños
ocupados por representantes de partidos extremistas de carácter racista o xenófobo en
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Resolución 70/1.
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