Naciones Unidas Asamblea General A/RES/58/184 Distr. general 18 de marzo de 2004 Quincuagésimo octavo período de sesiones Tema 117 b) del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 22 de diciembre de 2003 [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/58/508/Add.2)] 58/184. Eliminación de todas las formas de intolerancia religiosa La Asamblea General, Recordando que todos los Estados se han comprometido, en virtud de la Carta de las Naciones Unidas, a promover y fomentar el respeto universal y la observancia de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión, Reafirmando que la discriminación contra seres humanos por motivos de religión o creencias constituye una afrenta a la dignidad humana y una negación de los principios de la Carta, Recordando el artículo 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos 1, el artículo 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 2 y el párrafo 4 de la Declaración del Milenio 3, Reafirmando su resolución 36/55, de 25 de noviembre de 1981, por la que proclamó la Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones, Observando las disposiciones, encaminadas a luchar contra la intolerancia religiosa, de la Declaración y el Programa de Acción de Durban aprobados por la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia, celebrada en Durban (Sudáfrica) del 31 de agosto al 8 de septiembre de 2001 4, Destacando que el derecho a la libertad de pensamiento, conciencia, religión y creencias tiene profunda significación y vasto alcance y abarca la libertad de pensamiento sobre todos los temas, las convicciones personales y el compromiso con la religión o las creencias, ya se manifiesten a título individual o en comunidad con otras personas, públicamente o en privado, Reafirmando el llamamiento hecho hace diez años en Viena a todos los gobiernos por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos para que, en _______________ 1 Resolución 217 A (III). Véase resolución 2200 A (XXI), anexo. 3 Véase resolución 55/2. 4 Véase A/CONF.189/12 y Corr.1, cap. I. 2 03 50565

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