Protección y asistencia para los desplazados internos A/RES/80/211 Expresando su aprecio a los Gobiernos y las organizaciones intergubernamentales, regionales y no gubernamentales que han apoyado y facilitado la labor de la Relatora Especial sobre los derechos humanos de los desplazados internos y de sus predecesores los ex representantes del Secretario General sobre los derechos humanos de los desplazados internos, los cuales han ayudado, de conformidad con sus funciones y responsabilidades, a proporcionar protección y asistencia a los desplazados internos, Acogiendo con beneplácito la cooperación continua entre la Relatora Especial y los Gobiernos nacionales y las oficinas y organismos competentes de las Naciones Unidas, así como con otras organizaciones internacionales y regionales, y alentando el fortalecimiento de esa colaboración a fin de promover mejores estrategias, protección, asistencia y soluciones duraderas para los desplazados internos, Reconociendo con aprecio la contribución importante e independiente que realizan el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y otros organismos humanitarios para proteger y asistir a los desplazados internos, en cooperación con los Gobiernos nacionales y los órganos internacionales competentes, Tomando nota con aprecio de las cuatro prioridades temáticas establecidas por la Relatora Especial, contenidas en el informe que presentó al Consejo de Derechos Humanos en su 53 er período de sesiones 18, y los dos objetivos estratégicos de ayudar a los Gobiernos a crear instrumentos e instituciones nacionales sobre los desplazamientos internos y facilitar soluciones duraderas y viables para los desplazados internos, incluso mediante la participación de los agentes del desarrollo, y haciendo notar además los últimos informes de la Relatora Especial 19, 1. Toma nota con aprecio del informe principal de la Relatora Especial sobre los derechos humanos de los desplazados internos 20 y las conclusiones que en él figuran; 2. Encomia a la Relatora Especial por las actividades que ha realizado hasta la fecha, por la función catalizadora que desempeña en concienciar sobre la difícil situación de los desplazados internos y por sus constantes esfuerzos para atender las necesidades de desarrollo y otras necesidades específicas, incluso incorporando la perspectiva de los derechos humanos de los desplazados internos en todas las entidades competentes del sistema de las Naciones Unidas; 3. Alienta a la Relatora Especial a que, mediante un diálogo permanente con los Gobiernos y todas las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales interesadas, siga analizando los motivos de los desplazamientos internos y se mantenga informada de las necesidades y los derechos humanos de los desplazados, incluidas las necesidades de aquellos que podrían estar en situaciones especialmente vulnerables, como las mujeres, los niños, las personas de edad y las personas con discapacidad, el nivel de preparación ante emergencias y la forma de reforzar la protección y la asistencia, incluso intensificando el papel de las instituciones nacionales de derechos humanos, según proceda, y la protección de los desplazados internos, así como soluciones duraderas para los desplazados internos, incluso abordando los posibles obstáculos a su ejercicio del derecho a la vivienda, la tierra y la propiedad, alienta también a la Relatora Especial, a este último respecto, a que utilice en sus actividades el Marco de Soluciones Duraderas para los Desplazados Internos del Comité Permanente entre Organismos, y alienta además a la Relatora Especial a que continúe abogando por las necesidades de las comunidades de acogida y promoviendo estrategias amplias, teniendo en cuenta la responsabilidad primordial _______________ 18 A/HRC/53/35. A/80/212 y A/79/334. 20 A/HRC/59/46. 19 25-20967 7/15

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