A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/52/207
9 de marzo de 1998
Quincuagésimo segundo período de sesiones
Tema 101 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/52/632)]
52/207. Soberanía permanente del pueblo palestino en el territorio palestino
ocupado, incluida Jerusalén, y de la población árabe en el Golán sirio
ocupado sobre sus recursos naturales
La Asamblea General,
Recordando su resolución 51/190, de 16 de diciembre de 1996, y la resolución 1997/67 del Consejo
Económico y Social, de 25 de julio de 1997,
Reafirmando el principio de la soberanía permanente de los pueblos bajo ocupación extranjera sobre
sus recursos naturales,
Guiándose por los principios de la Carta de las Naciones Unidas que afirman la inadmisibilidad de
la adquisición de territorio por la fuerza y recordando las resoluciones pertinentes del Consejo de
Seguridad, entre ellas las resoluciones 242 (1967), de 22 de noviembre de 1967, 465 (1980), de 1º de
marzo de 1980 y 497 (1981), de 17 de diciembre de 1981,
Reafirmando la aplicabilidad del Convenio de Ginebra relativo a la protección de personas civiles en
tiempos de guerra, de 12 de agosto de 19491, al territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén, y otros
territorios árabes ocupados por Israel desde 1967,
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Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 75, No. 973.
98-77176
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