A/RES/50/58 Página 20 interregionales a que, en estrecha cooperación con la Organización de Liberación de Palestina y por conducto de las instituciones oficiales palestinas, brinden con la mayor rapidez y generosidad posibles asistencia económica y social al pueblo palestino, a fin de contribuir al desarrollo de la Ribera Occidental y de Gaza; 6. Exhorta a las organizaciones y organismos pertinentes del sistema de las Naciones Unidas a que intensifiquen su asistencia para responder a las necesidades urgentes del pueblo palestino, de conformidad con las prioridades palestinas establecidas por la Autoridad Palestina, especialmente en lo que respecta a la ejecución nacional y al fomento de la capacidad; 7. Insta a los Estados Miembros a que abran sus mercados a las exportaciones de la Ribera Occidental y de Gaza en las condiciones más favorables posibles y de conformidad con las normas comerciales apropiadas; 8. Exhorta a la comunidad internacional de donantes a que acelere la prestación de la asistencia prometida al pueblo palestino para atender a sus urgentes necesidades; 9. Propone que se convoque en 1996 un seminario patrocinado por las Naciones Unidas sobre la construcción de la economía palestina; 10. Pide al Secretario General que le presente en su quincuagésimo primer período de sesiones, por conducto del Consejo Económico y Social, un informe sobre la aplicación de la presente resolución, en el que figuren: a) palestino; Una evaluación de la asistencia realmente recibida por el pueblo b) Una evaluación de las necesidades que no se hayan atendido todavía y propuestas concretas para atender eficazmente esas necesidades; 11. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo primer período de sesiones, en relación con el tema titulado "Fortalecimiento de la coordinación de la asistencia humanitaria de las Naciones Unidas y de socorro en casos de desastre, incluida la asistencia económica especial", el subtema titulado "Asistencia al pueblo palestino". 96a. sesión plenaria 20 de diciembre de 1995 I Asistencia para la reconstrucción de Madagascar tras los desastres naturales de 1994 La Asamblea General, Recordando su resolución 48/234, de 14 de febrero de 1994, Recordando también las resoluciones del Consejo Económico y Social 1994/36, de 29 de julio de 1994, y 1995/43, de 27 de julio de 1995, Habiendo examinado el informe del Secretario General, de 14 de julio de /...

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