Fortalecimiento del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, en particular de su capacidad de cooperación técnica A/RES/70/178 hecha a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito para que preste asistencia práctica en la aplicación de las Directrices y facilite la cooperación en este ámbito, Afirmando que la destrucción del patrimonio cultural, que es representativo de la diversidad de la cultura humana, borra la memoria colectiva de una nación, desestabiliza a las comunidades y amenaza su identidad cultural, y poniendo de relieve la importancia de la diversidad cultural y el pluralismo y de la libertad de religión y de creencias para alcanzar la paz, la estabilidad, la reconciliación y la cohesión social, Reafirmando el valor intrínseco de la diversidad biológica y sus diversas contribuciones al desarrollo sostenible y al bienestar humano, y reconociendo que la fauna y flora silvestres, en sus numerosas, bellas y variadas formas, son un elemento irreemplazable de los sistemas naturales de la Tierra y tienen que ser protegidas para esta generación y las venideras, Poniendo de relieve que la protección de la fauna y flora silvestres debe ser parte de un enfoque amplio para lograr la erradicación de la pobreza, la seguridad alimentaria, el desarrollo sostenible, incluida la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica, el crecimiento económico, el bienestar social y los medios de vida sostenibles, Expresando profunda preocupación por los delitos que afectan al medio ambiente, como el tráfico ilícito de especies de fauna y flora silvestres amenazadas y, en su caso, protegidas, y poniendo de relieve la necesidad de combatir esos delitos mediante el fortalecimiento de las medidas coordinadas para eliminar, prevenir y combatir la corrupción y desarticular redes ilícitas y también mediante la coordinación de la cooperación internacional, la creación de capacidad, las respuestas de la justicia penal y las actividades de cumplimiento de la ley, Recordando las resoluciones de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal 22/7, relativa al fortalecimiento de la cooperación internacional para combatir el delito cibernético, y 22/8, relativa al fomento de la asistencia técnica y la creación de capacidad para fortalecer las medidas nacionales y la cooperación internacional contra el delito cibernético, ambas de 26 de abril de 2013 16, Preocupada por la mayor tendencia al delito cibernético y la utilización indebida de las tecnologías de la información y las telecomunicaciones en múltiples formas de delincuencia, Preocupada también por los graves problemas y amenazas que plantea el tráfico de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones, y por sus vínculos con el terrorismo y otras formas de delincuencia organizada transnacional, incluido el tráfico de drogas, Observando las iniciativas internacionales para prevenir, combatir y eliminar el comercio ilícito de armas convencionales, en particular de armas pequeñas y armas ligeras, como la aprobación en 2001 del Programa de Acción para Prevenir, Combatir y Eliminar el Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en Todos sus Aspectos 17, la entrada en vigor en 2005 del Protocolo contra la Fabricación y el _______________ 16 Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2013, Suplemento núm. 10 y corrección (E/2013/30 y Corr.1), cap. I, secc. D. 17 Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en Todos sus Aspectos, Nueva York, 9 a 20 de julio de 2001 (A/CONF.192/15 y Corr.1), cap. IV, párr. 24. 7/17

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