A/RES/70/235 Los océanos y el derecho del mar mar que realiza la Asamblea General, institución mundial a que compete ese examen; 326. Hace notar que el informe mencionado en el párrafo 324 supra se presentará también a los Estados partes de conformidad con el artículo 319 de la Convención, relativo a las cuestiones de carácter general que hayan surgi do con respecto a la Convención; 327. Hace notar también el deseo de seguir aumentando la eficiencia de las consultas oficiosas relativas a su resolución anual sobre los océanos y el derecho del mar, así como la participación efectiva de las delegaciones en esas consultas, decide que las consultas oficiosas sobre la resolución deberán tener una duración máxima de dos semanas en total y que deberán programarse de forma que la División tenga tiempo suficiente para preparar el informe mencionado en el párrafo 324 supra, e invita a los Estados a que presenten los textos propuestos para su inclusión en la resolución al Coordinador de las consultas oficiosas en la fecha más temprana posible; 328. Decide incluir en el programa provisional de su septuagésimo prime r período de sesiones el tema titulado “Los océanos y el derecho del mar”. 82ª sesión plenaria 23 de diciembre de 2015 Anexo Modificaciones del anexo II de la resolución 55/7 de la Asamblea General: Fondo Fiduciario para facilitar la preparación de las presentaciones que hagan a la Comisión de Límites de la Plataforma Continental los países en desarrollo, particularmente los países menos adelantados y los pequeños Estados insulares en desarrollo, y el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 76 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar Mandato, directrices y normas 2. Objetivos y finalidad del Fondo Fiduciario En el párrafo 9, modifíquese la última oración de la siguiente manera: “El objetivo del Fondo es permitir que los Estados en desarrollo, particularmente los países ribereños menos adelantados y los pequeños Estados insulares en desarrollo, hagan una evaluación inicial de su caso concreto, elab oren planes adecuados para realizar nuevas investigaciones y obtener datos suplementarios, preparen los documentos definitivos de presentación cuando hayan obtenido los datos necesarios, y, previa invitación de la Comisión, se reúnan con esta cuando esté examinando su presentación”. 4. Solicitud de asistencia financiera En el párrafo 16, insértese el siguiente apartado tras el apartado d): “d bis) Gastos de viaje en avión y dietas para un máximo de tres miembros de la delegación cuando la Comisión o la subcomisión correspondiente haya invitado a esa delegación a asistir a su reunión o período de sesiones, excepto cuando se esté examinando una presentación conjunta de tres o más Estados, en cuyo caso recibirá asistencia como máximo un total de seis miembr os de esa delegación conjunta;” 58/59

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