A/HRC/RES/58/1 mediante un proceso inclusivo y creíble, respetando plenamente los derechos humanos y el estado de derecho, así como de que se haga posible la participación abierta e inclusiva de todos los actores, incluida la participación plena, igualitaria y significativa de las mujeres, antes y en el transcurso del período electoral, y exhorta al Gobierno a que proporcione todos los recursos necesarios a la Comisión Electoral Nacional, a la Comisión Nacional de Revisión de la Constitución y al Consejo Nacional de los Partidos Políticos para lograr avances tangibles en los preparativos de las elecciones; 15. Acoge con beneplácito el informe de la Comisión sobre los Derechos Humanos en Sudán del Sur1 y su presentación al Consejo de Derechos Humanos durante el diálogo interactivo ampliado celebrado en su actual período de sesiones, al tiempo que expresa preocupación por las conclusiones del informe y por la evaluación general que en él se hace de la situación actual de los derechos humanos sobre el terreno, alienta al Gobierno de Sudán del Sur y a otros actores a que colaboren con la Comisión con vistas a aplicar las recomendaciones formuladas en el informe, y alienta al Gobierno a que dé prioridad a la labor de prevención, exigiendo responsabilidades a los autores de delitos sexuales y de género, poniendo fin al reclutamiento y el uso de menores de edad en las fuerzas y grupos armados, adoptando un enfoque coherente para lograr la liberación de las mujeres y niños secuestrados y poner fin a los secuestros y velando por que se asignen recursos suficientes al Ministerio de Género, Infancia y Bienestar Social para apoyar la coordinación y el cumplimiento de los compromisos contraídos por el Estado de luchar contra la violencia sexual y de género y de ofrecer unos servicios integrales a los supervivientes y sus familias; 16. Toma nota de los documentos de sesión adicionales publicados hasta la fecha por la Comisión sobre los Derechos Humanos en Sudán del Sur, y alienta encarecidamente a la Comisión a que ponga a disposición del Gobierno futuros documentos de sesión de manera oportuna antes de publicarlos; 17. Reafirma la importancia del mandato de la Comisión sobre los Derechos Humanos en Sudán del Sur, insistiendo nuevamente en la necesidad de esclarecer los hechos y las circunstancias, reunir y preservar pruebas y aclarar responsabilidades en relación con las presuntas violaciones y abusos de los derechos humanos y los delitos conexos cometidos en Sudán del Sur, y observa que, dado que aún no se han establecido de manera plenamente operativa el tribunal híbrido para Sudán del Sur, la Comisión de la Verdad, la Reconciliación y la Regeneración y la Autoridad de Indemnizaciones y Reparaciones previstos en el capítulo V del Acuerdo Revitalizado, sigue siendo necesario un mecanismo de supervisión, presentación de información y reunión de pruebas sobre las presuntas violaciones y abusos de los derechos humanos cometidos en Sudán del Sur; 18. Hace notar la pertinencia que tendrá la labor de la Comisión sobre los Derechos Humanos en Sudán del Sur para el mandato y las funciones de los mecanismos previstos en el capítulo V, una vez que se hayan establecido de conformidad con el Acuerdo Revitalizado, acoge con beneplácito la aprobación de la legislación por la que se establecen dos de los mecanismos de justicia transicional e insta al Gobierno de Sudán del Sur a que ponga a ambos en pleno funcionamiento, alienta a que prosigan las consultas y la colaboración con la sociedad civil en el ámbito legislativo y en la selección de los comisionados que integrarán la Comisión de la Verdad, la Reconciliación y la Regeneración e insta al Gobierno a que establezca un tribunal híbrido para Sudán del Sur, en colaboración con la Unión Africana; 19. Decide prorrogar el mandato de la Comisión sobre los Derechos Humanos en Sudán del Sur, compuesta por tres miembros, por un nuevo período de un año; 20. Solicita a la Comisión sobre los Derechos Humanos en Sudán del Sur que presente un informe exhaustivo sobre la situación de los derechos humanos en Sudán del Sur al Consejo de Derechos Humanos en su 61er período de sesiones, a lo que seguirá un diálogo interactivo ampliado, en el que también deberían participar el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la sociedad civil, y que el propio informe y 1 GE.25-05329 A/HRC/58/27. 5

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