A/RES/74/235 Las mujeres en el desarrollo barrios marginales de las zonas urbanas, a fin de mejorar la salud y el bienestar y aliviar la carga de trabajo de las mujeres y las niñas para que puedan dedicar tiempo y energía a otras actividades productivas, incluida la actividad empresarial; 23. Expresa profunda preocupación porque la falta de instalaciones adecuadas de saneamiento y los problemas conexos, como la escasez de agua y el agua no apta para el consumo, afectan de manera desproporcionada a las mujeres y las niñas, en particular las tasas de participación en la fuerza de trabajo y en la escuela, y aumentan su vulnerabilidad ante la violencia y, a este respecto, pide que se redoblen los esfuerzos encaminados a hacer realidad el acceso al saneamiento para todos y a poner fin a la defecación al aire libre, prestando especial atención a l as mujeres y las niñas, mediante la adopción de medidas para asegurar el acceso a servicios de saneamiento e higiene, incluida la higiene menstrual; 24. Insta a todos los Gobiernos a que eliminen la discriminación contra las mujeres y las niñas en el ámbito de la educación y promuevan y respeten su derecho a la educación, aseguren su acceso en condiciones de igualdad y seguridad y alienten su participación en la educación a lo largo de toda la vida y a todos los niveles, especialmente en el caso de las que se han quedado más atrás, eliminando las disparidades de género, incluso mediante la inversión en la infraestructura y los sistemas de educación pública, eliminando las leyes y prácticas discriminatorias, proporcionando acceso universal a una educación inclusiva y equitativa de calidad, incluidas la enseñanza primaria y secundaria gratuitas y obligatorias, promoviendo oportunidades de aprendizaje permanente para todos, eliminando el analfabetismo de la mujer y fomentando la enseñanza de conocimientos básicos sobre finanzas y el entorno digital, velando por que las mujeres y las niñas tengan acceso, en igualdad de condiciones, al desarrollo de las perspectivas de carrera, la capacitación y las becas, adoptando medidas positivas para fomentar las competencia s de liderazgo y la influencia de las mujeres y las niñas, y ayudando a las mujeres y las niñas a diversificar sus opciones educativas y ocupacionales en esferas emergentes, como la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas y la tecnología de la información y las comunicaciones, se esfuercen por asegurar que todas las mujeres y las niñas completen la educación preescolar, primaria y secundaria, y ampliar la educación profesional y técnica para todas las mujeres y las niñas, y promover, según proceda, la educación intercultural y multilingüe para todas las personas, y combatan las normas sociales negativas y los estereotipos de género en el sistema educativo, en particular en los planes de estudio y los métodos de enseñanza, que devalúan la educación de las niñas e impiden que las mujeres y las niñas accedan a la educación y finalicen o continúen sus estudios; 25. Alienta a los Gobiernos a que consideren la posibilidad de adoptar y aplicar este tipo de estrategias y otras con perspectiva de gén ero, a que pongan fin a las barreras estructurales que impiden el acceso de las mujeres en condiciones de igualdad a los recursos económicos y a que amplíen el aprendizaje entre pares, el intercambio de experiencia y la creación de capacidad entre los países y las regiones a este respecto; 26. Reconoce la necesidad de fomentar economías dinámicas, sostenibles, innovadoras y centradas en las personas, promoviendo el empleo de los jóvenes y el empoderamiento económico de las mujeres, en particular, y el tra bajo decente para todos, y de velar por que las reglamentaciones del mercado de trabajo y las disposiciones de carácter social creen condiciones equitativas para las mujeres, por ejemplo, promulgando leyes sobre el salario mínimo y haciéndolas cumplir, eliminando las prácticas discriminatorias en materia salarial y promoviendo medidas como los programas de obras públicas, a fin de que las mujeres sean capaces de hacer frente a las crisis recurrentes y al desempleo prolongado; 10/18 19-22508

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