Las mujeres en el desarrollo A/RES/74/235 redes de mujeres y a que realicen campañas de concienciación a fin de llamar la atención sobre la necesidad de garantizar la igualdad de derechos de las mujeres a la tierra y otros bienes; 37. Destaca la importancia de movilizar y asignar recursos a elaborar y aplicar políticas y programas que apoyen el espíritu empresarial de las mujeres y favorezcan en particular las oportunidades para nuevas empresarias, lo que facilitará la ampliación de las microempresas y pequeñas y medianas empresas existentes de propiedad de mujeres, y alienta a los Gobiernos a que creen un clima propicio para aumentar el número de empresarias y el tamaño de sus empresas proporcionándoles capacitación y servicios de asesoramiento en los ámbitos comercial, administrativo y de las tecnologías de la información y las comunicaciones, facilitando el establecimiento de redes y el intercambio de información e incrementando su participación en juntas consultivas y en otros foros a fin de que contribuyan a la formulación y el examen de las políticas y los programas que se elaboren, en especial los de las instituciones financieras; 38. Alienta a la comunidad internacional, incluidos los Gobiernos y todos los interesados pertinentes, incluidas las entidades del sistema de las Naciones Unidas, las instituciones financieras internacionales, otros órganos intergubernamentales, los bancos regionales y nacionales de desarrollo, las instituciones financieras nacionales, las cooperativas de crédito, las alianzas de múltiples interesados y las organizaciones no gubernamentales pertinentes, según proceda, a que sigan desarrollando programas de conocimientos financieros básicos y educación financiera que, entre otras cosas, hagan hincapié en la repercusión de las finanzas en el desarrollo sostenible, según proceda, a fin de asegurar que todos los participantes adquieran los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para acceder a los servicios financieros y los productos financieros, en particular las mujeres y las niñas, los agricultores y quienes trabajan en microempresas y pequeñas y medianas empresas; 39. Alienta a todos los Gobiernos a que trabajen para hacer realidad el acceso pleno y en condiciones de igualdad a los servicios financieros y productos financieros formales para todas las mujeres, a que aprueben o revisen sus estrategias de inclusión financiera, en consulta con los interesados pertinentes, y a que consideren la posibilidad de añadir la inclusión financiera como un objetivo de pol ítica en la reglamentación financiera, de conformidad con la legislación y las prioridades nacionales, alienta a los sistemas de banca comercial a que presten servicios a todos, incluidos quienes actualmente se enfrentan a obstáculos para acceder a la info rmación y los servicios financieros, y a que apoyen a las instituciones de microfinanciación, los bancos de desarrollo, los bancos agrícolas, los operadores de redes móviles, las redes de agentes, las cooperativas, los bancos postales y las cajas de ahorro s, según proceda, alienta también el uso de instrumentos innovadores, como la banca móvil, las plataformas de pago y los pagos digitalizados, y la ampliación del aprendizaje entre pares y el intercambio de experiencias entre países, regiones y organizacion es regionales, se compromete a fortalecer las actividades de creación de capacidad de los países en desarrollo, en particular a través del sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo, y alienta la cooperación y la colaboración mutuas entre las inicia tivas de inclusión financiera; 40. Insta a los Gobiernos y todos los interesados pertinentes a que tomen todas las medidas adecuadas para eliminar la discriminación contra las mujeres en el acceso a todo tipo de servicios y productos financieros, incluidos los préstamos bancarios, las cuentas bancarias, las hipotecas y otras formas de crédito financiero, independientemente de su situación económica y social, a que faciliten el acceso de las mujeres a la asistencia jurídica y a que alienten a las entidades del sector financiero a incorporar la perspectiva de género en sus políticas y programas; 19-22508 13/18

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