A/RES/60/157 humanos, no puede invocarse la falta de desarrollo como justificación para limitar los derechos humanos internacionalmente reconocidos; 9. Destaca que la responsabilidad primordial de promover y proteger todos los derechos humanos corresponde al Estado, y reafirma que los Estados tienen la responsabilidad primordial de su propio desarrollo económico y social y que no cabe exageración cuando se insiste en el papel que desempeñan las políticas y estrategias nacionales de desarrollo; 10. Reafirma la responsabilidad primordial de los Estados de crear condiciones nacionales e internacionales favorables a la realización del derecho al desarrollo, así como su compromiso de cooperar entre sí con ese fin; 11. Reafirma también la necesidad de que exista un entorno internacional propicio a la realización del derecho al desarrollo; 12. Destaca la necesidad de procurar una mayor aceptación, aplicación y realización del derecho al desarrollo en los planos internacional y nacional, y exhorta a los Estados a que adopten las medidas necesarias para poner en práctica el derecho al desarrollo como derecho humano fundamental; 13. Insiste en la importancia crítica de detectar y analizar los obstáculos que impiden la plena realización del derecho al desarrollo tanto en el plano nacional como internacional; 14. Afirma que, si bien la globalización ofrece oportunidades, también plantea problemas, y que el proceso de globalización no basta para alcanzar el objetivo de integrar a todos los países en un mundo globalizado, y destaca la necesidad de adoptar políticas y medidas a nivel nacional y mundial para hacer frente a los problemas y aprovechar las oportunidades de la globalización a fin de que este proceso incluya a todos y sea plenamente equitativo; 15. Reconoce que, pese a los constantes esfuerzos de la comunidad internacional, la disparidad entre los países desarrollados y los países en desarrollo continúa siendo inaceptable, que los países en desarrollo siguen teniendo dificultades para participar en el proceso de globalización y que muchos corren el riesgo de quedar marginados y excluidos efectivamente de sus beneficios; 16. Subraya el hecho de que la comunidad internacional está lejos de alcanzar el objetivo establecido en la Declaración del Milenio4 de reducir a la mitad, para el año 2015, el número de personas que viven en la pobreza, reafirma el compromiso de alcanzar este objetivo e insiste en el principio de la cooperación internacional, que incluye las alianzas y el compromiso, entre los países desarrollados y en desarrollo para lograr ese objetivo; 17. Insta a los países desarrollados que aún no lo hayan hecho a que tomen medidas concretas para alcanzar los objetivos de destinar el 0,7% de su producto nacional bruto a la asistencia oficial para el desarrollo en favor de los países en desarrollo y entre el 0,15% y el 0,2% de su producto nacional bruto en favor de los países menos adelantados, y alienta a los países en desarrollo a que aprovechen los progresos realizados para asegurar que la asistencia oficial para el desarrollo se utilice eficazmente a fin de ayudar a cumplir los objetivos y metas de desarrollo; 18. Reconoce la necesidad de facilitar el acceso de los países en desarrollo al mercado, especialmente en lo que respecta a la agricultura, los servicios y los productos no agrícolas, en particular los que son de interés para los países en desarrollo; 4

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