A/RES/74/73 Teniendo en cuenta la revitalización de las actividades del Comité Consultivo Permanente decidida en la 44ª reunión ministerial del Comité, celebrada en Yaundé del 29 de mayo al 2 de junio de 2017, a fin de mejorar su contribución a la consecución de la agenda para la paz, la seguridad y el desarrollo en África Central, Tomando nota de la entrada en vigor, el 8 de marzo de 2017, de la Convención de África Central para el Control de las Armas Pequeñas y las Armas Ligeras, Sus Municiones y Todas las Piezas y Componentes que Puedan Servir para Su Fabricación, Reparación y Ensamblaje (Convención de Kinshasa) 1, y de la Tercera Conferencia de los Estados Partes en el Tratado sobre el Comercio de Armas, celebrada en Ginebra del 11 al 15 de septiembre de 2017, Convencida de que los recursos liberados por el desarme, en especial el desarme regional, pueden destinarse al desarrollo económico y social y a la protección del medio ambiente en beneficio de todos los pueblos, en particular los de los países en desarrollo, Acogiendo con beneplácito la Declaración de Libreville sobre la Aprobación y Ejecución de la Estrategia y el Plan de Acción Regionales de Lucha contra el Terrorismo y el Tráfico de Armas Pequeñas y Armas Ligeras en África Central, aprobada por los Estados miembros del Comité Consultivo Permanente el 26 de noviembre de 2015, en su 41ª reunión ministerial, celebrada en Libreville del 23 al 27 de noviembre de 2015 2, Acogiendo con beneplácito también la aprobación, en la 44ª reunión ministerial del Comité Consultivo Permanente, del plan de acción y el calendario de actividades para la aplicación de la estrategia regional bajo los auspicios de la Comunidad Económica de los Estados de África Central, Observando la importancia y la eficacia de las medidas de fomento de la confianza adoptadas por iniciativa de todos los Estados interes ados y con su participación y teniendo en cuenta las características propias de cada región, en vista de que esas medidas pueden contribuir a la estabilidad regional y a la paz y la seguridad internacionales, Convencida de que el desarrollo solo puede alcanzarse en un clima de paz, seguridad y confianza mutua, tanto dentro de los Estados como entre ellos, Recordando el comunicado de la 48ª reunión ministerial del Comité Consultivo Permanente, celebrada en Kinshasa del 27 al 31 de mayo de 2019 3, la Declaración de Brazzaville sobre la Cooperación para la Paz y la Seguridad en África Central 4, la Declaración de Bata para la Promoción de la Democracia, la Paz y el Desarrollo Duraderos en África Central 5 y la Declaración de Yaundé sobre la Paz, la Seguridad y la Estabilidad en África Central 6, Teniendo presentes las resoluciones 1196 (1998) y 1197 (1998), aprobadas por el Consejo de Seguridad los días 16 y 18 de septiembre de 1998, respectivamente, después de examinar el informe del Secretario General sobre las causas de los conflictos y el fomento de la paz duradera y el desarrollo sostenible en África 7, Expresando su reconocimiento por la conclusión satisfactoria de la Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno sobre la Seguridad y la Protección Marítimas en el Golfo de Guinea, que se celebró en Yaundé los días 24 y 25 de junio de 2013, la __________________ 1 2 3 4 5 6 7 2/8 Véase A/65/517-S/2010/534, anexo. Véase A/70/682-S/2016/39, anexo 3. A/73/967-S/2019/613, anexo, apéndice I. A/50/474, anexo I. A/53/258-S/1998/763, anexo II, apéndice I. A/53/868-S/1999/303, anexo II. A/52/871-S/1998/318. 19-21874

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