Políticas y programas relativos a la juventud A/RES/74/121 atrás, incluidos los jóvenes, y la importancia de la ejecución, el seguimiento y el examen de estrategias que aborden adecuadamente los problemas de la juventud y proporcionen a los jóvenes de todo el mundo oportunidades reales de participar en la sociedad de manera plena, efectiva, constructiva y sostenible; 4. Reitera que la responsabilidad primordial de la ejecución del Programa de Acción Mundial para los Jóvenes corresponde a los Estados Miembros e insta a los Gobiernos a que, en consulta con los jóvenes, las organizaciones dirigidas por jóvenes y centradas en los jóvenes y otras partes interesadas pertinentes, formulen políticas y programas relativos a la juventud de carácter integrado, holístico, inclusivo y efectivo, así como iniciativas intersectoriales coherentes, basados en el Programa de Acción y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, y a que los evalúen periódicamente como parte de las actividades de seguimiento y ejecución del Programa de Acción a todos los niveles; 5. Insta a los Estados Miembros a que protejan, promuevan y hagan efectivos el ejercicio y pleno disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales por todos los jóvenes, de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los instrumentos internacionales de derechos humanos pertinentes, en la ejecución del Programa de Acción Mundial para los Jóvenes, garantizando asimismo que las políticas y los programas relativos a la juventud y su planificación, diseño, aplicación, seguimiento y examen incorporen los puntos de vista, las perspectivas y las prioridades de los jóvenes, y que estén debidamente dotados de recursos y se lleven a cabo con transparencia y rendición de cuentas; 6. Exhorta a los Estados Miembros a que consideren, con carácter voluntario, la posibilidad de seleccionar y adaptar los indicadores propuestos en el informe del Secretario General 21 al objeto de seguir y evaluar la ejecución del Programa de Acción Mundial para los Jóvenes, prestando particular atención a las mujeres jóvenes, los grupos marginados y los jóvenes que pertenecen a grupos vulnerables o están en situaciones vulnerables, especialmente a los que viven en zonas de conflicto armado, teniendo en cuenta las circunstancias sociales y económicas de cada país; 7. Destaca la necesidad de fortalecer y apoyar la capacidad de las oficinas nacionales de estadística para diseñar, recopilar y analizar datos desglosados por sexo y edad a fin de contribuir eficazmente al seguimiento, la presentación de informes y la rendición de cuentas respecto de las dimensiones de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible relativas a los jóvenes; 8. Insta a los Estados Miembros a que promuevan la igualdad de oportunidades para todos, eliminen todas las formas de discriminación contra los jóvenes, incluida la discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, r eligión, opinión política o de otro tipo, origen nacional o social, bienes, nacimiento u otras circunstancias, y fomenten la integración social de grupos sociales como los jóvenes con discapacidad, los jóvenes migrantes y los jóvenes indígenas, en pie de i gualdad con los demás; 9. Reitera que la erradicación de la pobreza, el hambre y la malnutrición, especialmente en la medida en que afectan a los niños y los jóvenes, es fundamental para la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, r ecuerda el compromiso de erradicar la pobreza en todas sus formas y dimensiones y promover el crecimiento económico sostenido, el desarrollo sostenible y la prosperidad mundial para todos, incluido el fortalecimiento de la cooperación internacional mediant e el cumplimiento de todos los compromisos relativos a la asistencia oficial para el desarrollo y la transferencia de tecnología apropiada y la creación de capacidad __________________ 21 19-22041 E/CN.5/2013/8. 5/11

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