A/RES/58/51
d) La formalización por los Estados Unidos de América y la Federación de
Rusia de las iniciativas de los presidentes en la esfera nuclear en instrumentos
jurídicos y el inicio de negociaciones sobre ulteriores reducciones de esas armas;
e)
El afianzamiento de las medidas especiales de seguridad y protección
física para el transporte y almacenamiento de las armas nucleares no estratégicas y
sus componentes y materiales conexos mediante, entre otras cosas, la colocación de
dichas armas en lugares de almacenamiento centrales que sean físicamente seguros,
con miras a su retiro y subsiguiente eliminación por los Estados poseedores
de armas nucleares como parte del proceso de desarme nuclear al que se han
comprometido en virtud del Tratado sobre la no proliferación de las armas
nucleares, así como de las medidas necesarias que deben adoptar al respecto todos
los Estados que poseen tales armas;
f)
La adopción de nuevas medidas para fomentar la confianza y la
transparencia a fin de reducir las amenazas que plantean las armas nucleares no
estratégicas;
g) La adopción de medidas concretas convenidas para seguir reduciendo el
estado operacional de los sistemas de armas nucleares no estratégicas, a fin de
aminorar el riesgo de que se empleen tales armas;
h) El compromiso de los Estados poseedores de esas armas de no aumentar
el número o el tipo de armas desplegadas y de no desarrollar nuevos tipos de esas
armas o argumentos a favor de su empleo;
i)
La prohibición de los tipos de armas nucleares no estratégicas que ya se
han eliminado de los arsenales de algunos Estados poseedores de armas nucleares y la
creación de mecanismos de transparencia para verificar la eliminación de esas armas;
11. Exhorta a los Estados poseedores de armas nucleares a que aumenten la
transparencia y su responsabilidad de rendir cuentas en lo relativo a sus arsenales de
armas nucleares y la aplicación de medidas de desarme;
12. Conviene en que la Conferencia de Desarme debería establecer, sin
demora, un comité especial para que se ocupara del desarme nuclear;
13. Conviene en que la Conferencia de Desarme debería reanudar las
negociaciones sobre un tratado no discriminatorio, multilateral y verificable
internacional y efectivamente que prohíba la producción de material fisionable
para armas nucleares u otros dispositivos explosivos nucleares, teniendo en cuenta
los objetivos del desarme nuclear y de la no proliferación nuclear;
14. Conviene en que la Conferencia de Desarme debería terminar el examen
y la actualización del mandato sobre la prevención de una carrera de armamentos en
el espacio ultraterrestre en todos sus aspectos, enunciado en su decisión de 13 de
febrero de 1992 9, y volver a establecer un comité especial lo antes posible;
15. Exhorta a los Estados poseedores de armas nucleares a que adopten las
medidas necesarias para lograr la cabal integración de los cinco Estados que poseen
armas nucleares en un proceso encaminado a lograr la eliminación total de las armas
nucleares;
16. Observa que el Comité Preparatorio de la Conferencia de las Partes del
Año 2005 encargada del examen del Tratado sobre la no proliferación de las armas
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CD/1125.
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