A/RES/52/92
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10. Insiste en la necesidad de que los gobiernos tomen medidas eficaces para evitar que se desvíen
hacia mercados ilícitos las sustancias precursoras y los productos químicos esenciales, los materiales y el
equipo que se utilizan en la producción ilícita de estupefacientes y sustancias sicotrópicas;
11. Encomia la valiosa labor, los informes y las recomendaciones de la Junta Internacional de
Fiscalización de Estupefacientes en relación con la vigilancia de la producción y distribución de
estupefacientes y sustancias sicotrópicas a fin de limitar su utilización a fines médicos y científicos, y le
insta a que redoble sus esfuerzos por cumplir el mandato que le confiere el artículo 12 de la Convención
de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988 en
lo que respecta a la fiscalización de los movimientos de sustancias precursoras y productos químicos
esenciales;
12. Observa que la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes necesita recursos
suficientes para llevar a cabo su mandato, en particular el que le confiere el artículo 12 de la Convención
de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988 y,
por consiguiente, insta a los Estados Miembros a que se comprometan en una tarea común para asignar
recursos presupuestarios adecuados y suficientes a la Junta, con arreglo a la resolución 1996/20 del
Consejo Económico y Social, de 23 de julio de 1996;
13. Exhorta a los Estados a que, con el apoyo de la cooperación internacional, adopten mayores
medidas para reducir y eliminar los cultivos ilícitos que se utilizan para obtener estupefacientes y para
prevenir y reducir la demanda y el consumo ilícitos de drogas de conformidad con las obligaciones que
han contraído en virtud de la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes y la Convención de las
Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988;
14. Subraya la necesidad de que los gobiernos, con el apoyo de la cooperación internacional, pongan
en práctica programas de desarrollo alternativo o los aumenten con miras a reducir y eliminar la
producción de drogas ilícitas, teniendo en cuenta los aspectos económicos, sociales, culturales, políticos
y ambientales de las zonas de que se trate;
15. Destaca la necesidad de que se mantenga la capacidad de la Junta Internacional de Fiscalización
de Estupefacientes incluso a través del suministro por el Secretario General de medios apropiados y
mediante un apoyo técnico adecuado del Programa de las Naciones Unidas para la Fiscalización
Internacional de Drogas;
16. Reafirma la importancia de que los Estados Miembros, el Programa de las Naciones Unidas para
la Fiscalización Internacional de Drogas y el sistema de las Naciones Unidas logren los objetivos del
Decenio de las Naciones Unidas contra el Uso Indebido de Drogas, 1991-2000, bajo el lema de "Una
respuesta mundial a un problema mundial";
17. Insta a la Comisión de Estupefacientes a que finalice su labor relacionada con el proyecto de
declaración acerca de los principios rectores de la reducción de la demanda que está elaborando el Director
Ejecutivo del Programa de las Naciones Unidas para la Fiscalización Internacional de Drogas en consulta
con los Estados Miembros y a que se lo presente en el período extraordinario de sesiones de 1998 para
su aprobación, y exhorta a los Estados Miembros a que sigan cooperando con el Programa y a que
proporcionen información en la materia y sus observaciones sobre el proyecto de declaración, teniendo
debidamente en cuenta los vínculos entre las actividades de reducción de la demanda y de la oferta;
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