Desarrollo sostenible de las montañas
A/RES/71/234
10. Acoge con beneplácito, a este respecto, la contribución de las iniciativas
de turismo sostenible en las regiones montañosas como forma de mejorar la
protección ambiental y de generar beneficios socioeconómicos para las comunidades
locales, incluidas las oportunidades de empleo productivo, el crecimiento
económico y la promoción de la cultura y los prod uctos locales;
11. Expresa su profunda preocupación por el número y la escala de los
desastres naturales y causados por el hombre y sus efectos crecientes en los últimos
años, que han provocado la pérdida de innumerables vidas humanas y han tenido
consecuencias adversas a largo plazo a nivel social, económico y ambiental para las
sociedades de todo el mundo, y reconoce que la reducción del riesgo de desastres
requiere un enfoque preventivo más amplio y más centrado en las personas y la
implicación y colaboración de toda la sociedad, así como empoderamiento y una
participación inclusiva, accesible y no discriminatoria, prestando especial atención a
las personas afectadas desproporcionadamente por los desastres, en particular las
más pobres, y teniendo también en cuenta la vulnerabilidad de quienes viven en
entornos montañosos, sobre todo en los países en desarrollo;
12. Alienta a los Estados a que refuercen la gobernanza del riesgo de desastres,
inviertan en la reducción del riesgo de desastres para la resiliencia y desarrollen y
mejoren las estrategias de gestión del riesgo de desastres en las regiones montañosas,
incluso con una visión orientada hacia el futuro, a fin de hacer frente a
acontecimientos extremos como los desprendimientos de rocas, las avala nchas, los
desbordamientos repentinos de lagos glaciares y los corrimientos de tierras, que
pueden verse exacerbados por el cambio climático y la deforestación, en consonancia
con el Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030 9;
13. Alienta, a este respecto, la creciente participación de las autoridades
locales, así como de otras partes interesadas pertinentes, en particular la población
rural, los pueblos indígenas, la sociedad civil y el sector privado, en la elaboración y
ejecución de programas, la planificación del uso de la tierra y los arreglos sobre
tenencia de tierras, y en otras actividades pertinentes relacionadas con el desarrollo
sostenible en las montañas;
14. Observa la importancia de velar por la conservación de los ecosistemas
montañosos, incluida su diversidad biológica, a fin de mejorar su capacidad de
proporcionar beneficios esenciales para el bienestar humano, la actividad económica
y el desarrollo sostenible, y de desarrollar medios innovadores de implementación
para protegerlos, reconoce a este respecto la puesta en marcha del Mecanismo para
las Montañas de la Alianza para las Montañas, y alienta a los Estados y a otros
interesados pertinentes a lo apoyen financieramente de manera voluntaria;
15. Alienta a los Estados, todas las partes interesadas y la comunidad
internacional a que redoblen sus esfuerzos en pro de la conservación de los
ecosistemas montañosos y para mejorar el bienestar de sus poblaciones locales,
incluso promocionando la inversión en infraestructuras de las zonas montañosas,
como el transporte y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y
apoyando programas de educación, divulgación y de creación de capacidad,
especialmente entre las comunidades locales de las montañas y otros inte resados
pertinentes, teniendo en cuenta la magnitud de los problemas actuales a los que se
enfrentan y teniendo presente los costos económicos, sociales y ambientales
crecientes que la inacción podría suponer para los países y las sociedades;
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Resolución 69/283, anexo II.
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