A/RES/55/222
servicios de conferencias para las reuniones de las agrupaciones regionales y otras
agrupaciones importantes de Estados Miembros;
6.
Toma nota con reconocimiento, particularmente en vista del aumento del
número de solicitudes de reuniones de agrupaciones regionales y de otras
agrupaciones importantes de Estados Miembros, de que se haya atendido al 84% de
las solicitudes de esas agrupaciones a pesar de las dificultades experimentadas en el
programa de reuniones en el año 2000, y al 100% de las solicitudes solamente de
instalaciones;
7.
Observa con preocupación las dificultades que experimentan algunos
Estados Miembros debido a la falta de servicios de conferencias para algunas
reuniones de agrupaciones regionales y otras agrupaciones importantes de Estados
Miembros;
8.
Insta a los órganos intergubernamentales a no escatimar esfuerzos, en la
etapa de planificación, para tener en cuenta las reuniones de las agrupaciones
regionales y otras agrupaciones importantes de Estados Miembros, a prever la
celebración de esas reuniones en sus programas de trabajo y a notificar a los
servicios de conferencias cualquier cancelación con la suficiente antelación, de
manera que los recursos de conferencias que no se utilicen se puedan reasignar, en la
medida de lo posible, a las reuniones de agrupaciones regionales y otras
agrupaciones importantes de Estados Miembros;
9.
Pide al Secretario General que proporcione información sobre las
reuniones de agrupaciones regionales y otras agrupaciones importantes de Estados
Miembros a las que no se prestan servicios de conferencias en el contexto del
proyecto de presupuesto por programas para el bienio 2002-2003;
10. Pide también al Secretario General que, al preparar las propuestas
presupuestarias relacionadas con los servicios de conferencias, vele por que el nivel
de recursos propuesto para personal temporario corresponda a toda la demanda de
servicios, estimada sobre la base de la experiencia actual;
11. Toma nota de las medidas iniciales adoptadas por la Secretaría para
establecer un servicio de interpretación permanente en la Oficina de las Naciones
Unidas en Nairobi, y reafirma que sus decisiones que figuran en el párrafo 24 de la
sección B de su resolución 54/248 y en el párrafo 180 de su resolución 54/249, de
23 de diciembre de 1999, deberían haberse aplicado íntegramente en enero de 2001;
12. Toma nota con satisfacción del hecho de que la creación de un servicio
permanente de interpretación en Nairobi ofrece grandes posibilidades para Nairobi
como foro de conferencias o reuniones de las Naciones Unidas, y toma nota con
reconocimiento de las gestiones que realiza la Oficina de las Naciones Unidas en
Nairobi para lograr que se celebren más reuniones en sus instalaciones;
13. Pide al Secretario General que siga informando sobre las tasas de
utilización de los servicios de interpretación y las instalaciones de conferencias en
todos los lugares de destino;
14. Toma nota de la información que figura en los párrafos 20 y 21 del
informe del Secretario General sobre la mejor utilización de las instalaciones de
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