A/RES/55/222 servicios de conferencias para las reuniones de las agrupaciones regionales y otras agrupaciones importantes de Estados Miembros; 6. Toma nota con reconocimiento, particularmente en vista del aumento del número de solicitudes de reuniones de agrupaciones regionales y de otras agrupaciones importantes de Estados Miembros, de que se haya atendido al 84% de las solicitudes de esas agrupaciones a pesar de las dificultades experimentadas en el programa de reuniones en el año 2000, y al 100% de las solicitudes solamente de instalaciones; 7. Observa con preocupación las dificultades que experimentan algunos Estados Miembros debido a la falta de servicios de conferencias para algunas reuniones de agrupaciones regionales y otras agrupaciones importantes de Estados Miembros; 8. Insta a los órganos intergubernamentales a no escatimar esfuerzos, en la etapa de planificación, para tener en cuenta las reuniones de las agrupaciones regionales y otras agrupaciones importantes de Estados Miembros, a prever la celebración de esas reuniones en sus programas de trabajo y a notificar a los servicios de conferencias cualquier cancelación con la suficiente antelación, de manera que los recursos de conferencias que no se utilicen se puedan reasignar, en la medida de lo posible, a las reuniones de agrupaciones regionales y otras agrupaciones importantes de Estados Miembros; 9. Pide al Secretario General que proporcione información sobre las reuniones de agrupaciones regionales y otras agrupaciones importantes de Estados Miembros a las que no se prestan servicios de conferencias en el contexto del proyecto de presupuesto por programas para el bienio 2002-2003; 10. Pide también al Secretario General que, al preparar las propuestas presupuestarias relacionadas con los servicios de conferencias, vele por que el nivel de recursos propuesto para personal temporario corresponda a toda la demanda de servicios, estimada sobre la base de la experiencia actual; 11. Toma nota de las medidas iniciales adoptadas por la Secretaría para establecer un servicio de interpretación permanente en la Oficina de las Naciones Unidas en Nairobi, y reafirma que sus decisiones que figuran en el párrafo 24 de la sección B de su resolución 54/248 y en el párrafo 180 de su resolución 54/249, de 23 de diciembre de 1999, deberían haberse aplicado íntegramente en enero de 2001; 12. Toma nota con satisfacción del hecho de que la creación de un servicio permanente de interpretación en Nairobi ofrece grandes posibilidades para Nairobi como foro de conferencias o reuniones de las Naciones Unidas, y toma nota con reconocimiento de las gestiones que realiza la Oficina de las Naciones Unidas en Nairobi para lograr que se celebren más reuniones en sus instalaciones; 13. Pide al Secretario General que siga informando sobre las tasas de utilización de los servicios de interpretación y las instalaciones de conferencias en todos los lugares de destino; 14. Toma nota de la información que figura en los párrafos 20 y 21 del informe del Secretario General sobre la mejor utilización de las instalaciones de 3

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