A/RES/56/74
independencia, de conformidad con las resoluciones de las Naciones Unidas sobre
descolonización;
5.
Aprueba el informe del Comité Especial encargado de examinar la
situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la
independencia a los países y pueblos coloniales relativo a su labor realizada en el
2001, incluido el programa de trabajo previsto para 20024;
6.
Exhorta a las Potencias administradoras a que cooperen plenamente con el
Comité Especial para concluir antes del fin de 2002 un programa de trabajo
constructivo para los territorios no autónomos, basado en el análisis de cada caso
concreto, con objeto de facilitar el cumplimiento del mandato del Comité Especial y
de las resoluciones sobre descolonización, incluidas las relativas a territorios
concretos;
7.
Acoge complacida las consultas que se están celebrando entre el Comité
Especial y Nueva Zelandia, en su condición de Potencia administradora de Tokelau,
con la participación de representantes del pueblo de Tokelau, con miras a formular un
plan de trabajo sobre la cuestión de Tokelau;
8.
Pide al Comité Especial que siga buscando los medios adecuados para
aplicar de forma inmediata y plena la Declaración y que ponga en práctica las medidas
aprobadas por la Asamblea General en relación con el Decenio Internacional para la
Eliminación del Colonialismo y el Segundo Decenio Internacional en todos los
territorios que no hayan logrado aún la libre determinación, incluida la independencia
y, en particular:
a)
Que formule propuestas concretas para poner fin al colonialismo y le
presente un informe sobre el particular en su quincuagésimo séptimo período de
sesiones;
b)
Que siga examinando la aplicación por los Estados Miembros de la
resolución 1514 (XV) y las demás resoluciones sobre descolonización;
c)
Que siga prestando especial
particular mediante el envío de misiones
General las medidas que más convenga
territorios puedan ejercer su derecho
independencia;
atención a
visitadoras,
tomar para
a la libre
los territorios pequeños, en
y recomiende a la Asamblea
que las poblaciones de esos
determinación, incluida la
d)
Que, antes del fin de 2002, concluya un programa de trabajo constructivo
para los territorios no autónomos basado en el análisis de cada caso concreto, con
objeto de facilitar el cumplimiento del mandato del Comité Especial y de las
resoluciones sobre descolonización, incluidas las relativas a territorios concretos;
e)
Que tome las medidas necesarias para obtener apoyo, a nivel mundial, de
gobiernos y de organizaciones nacionales e internacionales para el logro de los
objetivos de la Declaración y la aplicación de las resoluciones pertinentes de las
Naciones Unidas;
f)
Que lleve a cabo seminarios, según proceda, para recibir y difundir
información sobre la labor del Comité Especial y facilite la participación de los
pueblos de los territorios no autónomos en dichos seminarios;
_______________
4
Véase A/56/23 (Part I), cap. I, secc. J. Para el texto definitivo, véase Documentos Oficiales de la
Asamblea General, quincuagésimo sexto período de sesiones, Suplemento No. 23.
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