A/RES/48/122
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Lamentando profundamente que aumente el número de personas inocentes,
incluidas mujeres, niños y personas de edad, asesinadas, masacradas y
mutiladas por terroristas en actos indiscriminados y arbitrarios de violencia
y terror que no pueden justificarse bajo ninguna circunstancia,
Observando con gran preocupación que existe una relación cada vez mayor
entre los grupos terroristas y el tráfico ilegal de armas y drogas,
Consciente de la necesidad de proteger los derechos humanos y las
garantías de la persona de conformidad con los principios e instrumentos
internacionales de derechos humanos pertinentes, en particular el derecho a la
vida,
1.
Condena inequívocamente todos los actos, métodos y prácticas de
terrorismo en todas sus formas y manifestaciones, dondequiera que se cometan y
quienquiera que los cometa, por tratarse de actividades cuyo objeto es la
destrucción de los derechos humanos, las libertades fundamentales y la
democracia y que constituyen una amenaza para la integridad territorial y la
seguridad de los Estados, desestabilizan los gobiernos legítimamente
constituidos, socavan la sociedad civil pluralista y tienen consecuencias
adversas para el desarrollo económico y social de los Estados;
2.
Exhorta a los Estados a que, de conformidad con las normas
internacionales de derechos humanos, tomen todas las medidas necesarias y
efectivas para prevenir, combatir y eliminar el terrorismo;
3.
Insta a la comunidad internacional a aumentar la cooperación en la
lucha contra la amenaza del terrorismo en los planos nacional, regional e
internacional;
4.
Pide al Secretario General que transmita el texto de la presente
resolución a todos los Estados Miembros y a los organismos especializados y
organizaciones intergubernamentales competentes;
5.
Decide examinar esta cuestión en su cuadragésimo noveno período de
sesiones en relación con el tema titulado "Cuestiones relativas a los derechos
humanos".
85ª sesión plenaria
20 de diciembre de 1993