A/RES/73/228 Seguimiento y aplicación de las Modalidades de Acción Acelerada para los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo y la Estrategia de Mauricio para la Ejecución Ulterior del Programa de Acción para el Desarrollo Sostenible de los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo 24. Recuerda el párrafo 11 de su resolución 70/299, de 29 de julio de 2016, e insta al sistema de las Naciones Unidas a que tome medidas eficaces para reducir la carga de presentación de informes de los pequeños Estados insulares en desarrollo y apoyar el fortalecimiento de la supervisión y el seguimiento eficaces de la aplicación de la Trayectoria de Samoa mediante vínculos coherentes, coordinados y eficaces entre las disposiciones de seguimiento y examen de la Trayectoria de Samoa, la Agenda 2030 y otros resultados convenidos a nivel intergubernamental; 25. Reconoce que es preciso mejorar la recopilación de datos y los análisis estadísticos para que los pequeños Estados insulares en desarrollo puedan llevar a cabo de forma eficaz la planificación, el seguimiento, la evaluación de la ejecución y la verificación de los buenos resultados en la consecución de los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente y, a este respecto, insta a la comunidad internacional y el sistema de las Naciones Unidas, en particular el sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo, a que sigan apoyando a los pequeños Estados insulares en desarrollo para fortalecer la capacidad de las oficinas nacionales de estadística y los sistemas de datos nacionales a fin de asegurar el acceso a información de alta calidad, oportuna, fiable y desglosada, en consonancia con las disposiciones de la Trayectoria de Samoa y la Agenda 2030, según corresponda a los contextos nacionales, con el fin de apoyar la aplicación, el seguimient o y el examen de la Trayectoria de Samoa y la Agenda 2030; 26. Insta a las entidades del sistema de las Naciones Unidas a que coordinen la planificación y la ejecución de sus actividades de creación de capacidad en estrecha consulta con los pequeños Estados insulares en desarrollo y todos los asociados para el desarrollo, a fin de fortalecer la eficacia y la eficiencia en la prestación de apoyo para lograr los objetivos de la Trayectoria de Samoa y la Agenda 2030, evitando al mismo tiempo que se sature la capacidad de absorción de los pequeños Estados insulares en desarrollo en el plano nacional; 27. Solicita a las entidades del sistema de las Naciones Unidas, incluidas las instituciones financieras internacionales, que contribuyan activamente, en el mar co de sus respectivos mandatos, a hacer frente a las vulnerabilidades singulares y particulares de los pequeños Estados insulares en desarrollo, en particular mediante la adopción de un enfoque más holístico para facilitar el acceso de los pequeños Estados insulares en desarrollo a financiación para el desarrollo; 28. Reitera su solicitud al Secretario General de que, en cumplimento de la resolución 71/243 de la Asamblea General y de conformidad con el párrafo 4 de la resolución 72/279, realice un examen de la configuración, la capacidad, las necesidades de recursos, el papel y los servicios en pro del desarrollo de las oficinas encargadas de varios países, en plena consulta con los países interesados, a fin de mejorar la contribución de esas oficinas al progreso de los países en el cumplimiento de la Agenda 2030, e informe al respecto al Consejo Económico y Social en la serie de sesiones sobre las actividades operacionales para el desarrollo de su período de sesiones de 2019; 29. Reafirma su decisión de convocar un examen de alto nivel de un día de duración, que tendrá lugar en la Sede de las Naciones Unidas en septiembre de 2019, para examinar los progresos realizados gracias a la aplicación de la Trayectoria de Samoa para atender las prioridades de los pequeños Estados insulares en desarrollo, el cual culminará con una declaración política concisa, orientada a la acción y convenida a nivel intergubernamental y, a este respecto, recuerda su decisión 72/559, en que decidió transmitir el proyecto de decisión de celebrar el examen de alto nivel el 27 de septiembre de 2019 a la Asamblea General en su septuagésimo tercer período de sesiones para la adopción de medidas, solicita a la Presidenta de la Asamblea 8/10 18-22551

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