A/RES/70/32
Relación entre desarme y desarrollo
Teniendo presentes además los nuevos retos que ha de afrontar la comunidad
internacional en las esferas del desarrollo, la erradicación de la pobreza y la
eliminación de las enfermedades que afligen a la humanidad,
Destacando la importancia de la relación simbiótica entre el desarme y el
desarrollo y el importante papel de la seguridad en ese sentido, y preocupada porque
a nivel mundial se destinan a fines militares cada vez más recursos, que podrían
dedicarse a atender necesidades de desarrollo,
Recordando el informe del Grupo de Expertos Gubernamentales sobre la
relación entre desarme y desarrollo4 y su reevaluación de esta significativa cuestión
en el contexto internacional contemporáneo,
Teniendo presente la importancia de hacer un seguimiento de la ejecución del
programa de acción aprobado en la Conferencia Internacional sobre la Relación
entre Desarme y Desarrollo de 19872,
Tomando nota del informe del Secretario General presentado de conformidad
con la resolución 69/565,
1.
Destaca la función central de las Naciones Unidas en la relación entre
desarme y desarrollo y solicita al Secretario General que continúe fortaleciendo el
papel de la Organización en este ámbito, especialmente el Grupo Directivo de Alto
Nivel sobre Desarme y Desarrollo, a fin de garantizar una coordinación sostenida y
efectiva y una estrecha cooperación entre los departamentos, organismos y demás
entidades competentes de las Naciones Unidas;
2.
Solicita al Secretario General que, por conducto de los órganos
apropiados y dentro de los límites de los recursos disponibles, siga adoptando
medidas para ejecutar el programa de acción aprobado el 11 de septiembre de 1987
en la Conferencia Internacional sobre la Relación entre Desarme y Desarrollo2;
3.
Insta a la comunidad internacional a destinar al desarrollo económico y
social una parte de los recursos liberados de resultas de la aplicación de acuerdos
sobre desarme y limitación de armamentos, con miras a reducir la disparidad cada
vez mayor que existe entre los países desarrollados y los países en desarrollo;
4.
Alienta a la comunidad internacional a que logre los Objetivos de
Desarrollo del Milenio y a que, al examinar los progresos realizados en ese sentido,
mencione la contribución que podría hacer el desarme para alcanzarlos, así como a
que redoble sus esfuerzos para integrar las actividades de desarme, asistencia
humanitaria y desarrollo;
5.
Alienta a las organizaciones e instituciones regionales y subregionales,
organizaciones no gubernamentales e institutos de investigación competentes a
incorporar en sus programas cuestiones referentes a la relación entre desarme y
desarrollo y a tener en cuenta, a ese respecto, el informe del Grupo de Expertos
Gubernamentales sobre la relación entre desarme y desarrollo4;
6.
Reitera su invitación a los Estados Miembros para que proporcionen al
Secretario General información sobre las medidas adoptadas y los esfuerzos
desplegados para destinar al desarrollo económico y social una parte de los recursos
liberados de resultas de la aplicación de acuerdos sobre desarme y limitación de
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Véase A/59/119.
A/70/163 y Add.1.