A/RES/53/18 Página 3 dólares en cifras netas) para el funcionamiento de la Misión durante el período comprendido entre el 1º de julio de 1998 y el 30 de junio de 1999, teniendo en cuenta la suma de 22.749.540 dólares en cifras brutas (21.473.540 dólares en cifras netas) ya consignada para el período comprendido entre el 1º de julio y el 31 de octubre de 1998 de conformidad con las disposiciones de su resolución 52/228 B; 9. Decide también, como medida especial y teniendo en cuenta la suma de 22.749.540 dólares en cifras brutas (21.473.540 dólares en cifras netas) ya prorrateada para el período comprendido entre el 1º de julio y el 31 de octubre de 1998 de conformidad con las disposiciones de su resolución 52/228 B, prorratear entre los Estados Miembros la suma adicional de 37.250.460 dólares en cifras brutas (34.445.260 dólares en cifras netas) para el período comprendido entre el 1º de noviembre de 1998 y el 30 de junio de 1999, a razón de 4.656.307,50 dólares en cifras brutas (4.305.657,50 dólares en cifras netas) por mes, con arreglo a la composición de los grupos indicada en los párrafos 3 y 4 de la resolución 43/232 de la Asamblea General, de 1º de marzo de 1989, modificada por la Asamblea en sus resoluciones 44/192 B, de 21 de diciembre de 1989, 45/269, de 27 de agosto de 1991, 46/198 A, de 20 de diciembre de 1991, 47/218 A, de 23 de diciembre de 1992, 49/249 A, de 20 de julio de 1995, 49/249 B, de 14 de septiembre de 1995, 50/224, de 11 de abril de 1996, 51/218 A a C, de 18 de diciembre de 1996, y 52/230, de 31 de marzo de 1998, y en sus decisiones 48/472 A, de 23 de diciembre de 1993, y 50/451 B, de 23 de diciembre de 1995, y mediante la aplicación de la escala de cuotas para los años 1998 y 1999, establecida en su resolución 52/215 A, de 22 de diciembre de 1997, siempre que el Consejo de Seguridad decida prorrogar el mandato de la Misión más allá del 17 de diciembre de 1998; 10. Decide además que, de conformidad con lo dispuesto en su resolución 973 (X), de 15 de diciembre de 1955, se deduzcan de las sumas resultantes del prorrateo entre los Estados Miembros indicado en el párrafo 9 supra las partes que les correspondan, en el Fondo de Nivelación de Impuestos de los ingresos por concepto de contribuciones del personal estimados en 2.805.200 dólares, que se aprobaron para el período comprendido entre el 1º de noviembre de 1998 y el 30 de junio de 1999; 11. Invita que se hagan contribuciones voluntarias a la Misión, tanto en efectivo como en forma de servicios y suministros que sean aceptables para el Secretario General, las cuales se administrarán, según proceda, con arreglo al procedimiento y las prácticas establecidos por la Asamblea General; 12. Decide mantener en examen durante su quincuagésimo tercer período de sesiones el tema del programa titulado "Financiación de la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental". 50a. sesión plenaria 2 de noviembre de 1998

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