A/RES/64/299 preparados y sean capaces de responder a los problemas, incluidas las crisis y pandemias; i) Elaborando políticas y medidas adecuadas para promover la educación y los conocimientos en materia de salud, en particular entre los jóvenes, a fin de remediar el desconocimiento en el ámbito de la salud y, en algunos casos, las prácticas perjudiciales que obstaculizan de manera significativa el acceso de las mujeres y los niños a los servicios de atención de la salud, y para asegurar el respeto de los derechos humanos, promover la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de la mujer como medios esenciales para tratar la cuestión de la salud de las mujeres y las niñas y afrontar la estigmatización de las personas que viven con el VIH/SIDA y se ven afectadas por este; j) Apoyando el uso de sistemas nacionales de recopilación de datos, vigilancia y evaluación que permiten hacer un seguimiento desglosado por sexos del acceso a los servicios de atención de la salud y proporcionan rápida retroinformación para aumentar la eficacia y calidad de los sistemas de salud; k) Aumentando la efectividad de los sistemas de salud y las intervenciones de eficacia demostrada para hacer frente a problemas de salud en evolución, como la mayor incidencia de las enfermedades no transmisibles, las lesiones y muertes causadas por accidentes de tráfico y los riesgos para la salud relacionados con el medio ambiente y el trabajo; l) Examinando las políticas nacionales de contratación, capacitación y retención y elaborando planes nacionales relativos al personal sanitario, sobre la base de la experiencia adquirida, que permitan paliar la falta de trabajadores sanitarios y su distribución desigual dentro de los países, en particular en las zonas remotas y rurales, y en todo el mundo, problema que socava los sistemas de salud de los países en desarrollo, en particular la insuficiencia existente en África, y reconociendo, a este respecto, la importancia de las medidas nacionales e internacionales para el fomento del acceso universal a servicios de atención de la salud que tengan en cuenta las dificultades a que se enfrentan los países en desarrollo para retener al personal sanitario cualificado a la luz de la aprobación del Código de prácticas mundial de la Organización Mundial de la Salud sobre contratación internacional de personal de salud 22, cuya observancia es voluntaria; m) Intensificando aún más la cooperación internacional, entre otras cosas mediante el intercambio de mejores prácticas para el fortalecimiento de los sistemas de salud, la mejora del acceso a los medicamentos, el fomento del desarrollo de tecnología y la transferencia de tecnología en condiciones mutuamente convenidas, la producción de medicamentos asequibles, seguros, eficaces y de buena calidad, el fomento de la producción de medicamentos, productos farmacéuticos genéricos, vacunas y otros productos básicos de salud innovadores, la capacitación y retención del personal sanitario y la adopción de medidas para asegurar que la cooperación y la asistencia internacionales, en particular la financiación externa, sean más previsibles, estén mejor armonizadas y se adecuen mejor a las prioridades nacionales para la creación de capacidad y se orienten a fortalecer los sistemas de salud nacionales de los países receptores; n) Promoviendo en mayor medida la investigación y el desarrollo, el intercambio de conocimientos y el suministro y la utilización de la tecnología de la información y las comunicaciones en el ámbito de la salud, entre otras cosas _______________ 22 Véase Organización Mundial de la Salud, 63ª Asamblea Mundial de la Salud, Ginebra, 17 a 21 de mayo de 2010, Resoluciones y Decisiones, Anexos (WHA63/2010/REC/1). 21

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