A/RES/60/123 y el personal de las Naciones Unidas y el personal asociado han aumentado mucho y, al parecer, los que cometen actos de violencia actúan con impunidad; 9. Condena enérgicamente toda amenaza o acto de violencia contra el personal de asistencia humanitaria o el personal de las Naciones Unidas y el personal asociado, afirma la necesidad de hacer rendir cuentas a los responsables de esos actos, insta encarecidamente a todos los Estados a adoptar medidas más enérgicas para asegurar que todo acto de esa clase cometido en su territorio se investigue a fondo y a procurar que se enjuicie a los autores de esos actos de conformidad con el derecho internacional y la legislación nacional, y exhorta a los Estados a que aseguren que esos actos dejen de quedar impunes; 10. Exhorta a todos los Estados a que proporcionen sin demora la información adecuada en caso de arresto o detención de personal de asistencia humanitaria o de personal de las Naciones Unidas o personal asociado, le faciliten la asistencia médica necesaria y permitan a equipos médicos independientes visitar a los detenidos y examinarlos, y los insta a adoptar las medidas que hagan falta para asegurar la inmediata puesta en libertad de quienes hayan sido arrestados o detenidos infringiendo las convenciones pertinentes mencionadas en la presente resolución y el derecho internacional humanitario aplicable; 11. Exhorta a todas las demás partes en conflictos armados a que se abstengan de secuestrar al personal de asistencia humanitaria o al personal de las Naciones Unidas y el personal asociado, o de detener a sus miembros, infringiendo las convenciones pertinentes mencionadas en la presente resolución y el derecho internacional humanitario aplicable, y pongan en libertad inmediatamente a todos los secuestrados y detenidos, sin causarles daño y sin exigir ninguna concesión; 12. Reafirma la obligación de todo el personal de asistencia humanitaria y del personal de las Naciones Unidas y el personal asociado de observar y respetar las leyes nacionales de los países donde desarrollen actividades, de conformidad con el derecho internacional y la Carta de las Naciones Unidas; 13. Subraya la importancia de asegurar que el personal de asistencia humanitaria, así como el personal de las Naciones Unidas y el personal asociado, tenga en cuenta las costumbres y tradiciones nacionales y locales de los países donde esté destinado y comunique con claridad sus propósitos y objetivos a la población local; 14. Pide al Secretario General que tome las medidas necesarias para que se respeten plenamente los derechos humanos, las prerrogativas e inmunidades del personal de las Naciones Unidas y otro personal que lleve a cabo actividades en cumplimiento del mandato de una operación de las Naciones Unidas, y pide también al Secretario General que procure que en las negociaciones de los acuerdos relativos a las sedes o a las misiones que guarden relación con el personal de las Naciones Unidas y el personal asociado se incluyan las condiciones aplicables que figuran en la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de las Naciones Unidas 8, la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de los Organismos Especializados 9 y la Convención sobre la Seguridad del Personal de las Naciones Unidas y el Personal Asociado; _______________ 8 9 4 Resolución 22 A (I). Resolución 179 (II).

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