A/RES/60/123
y el personal de las Naciones Unidas y el personal asociado han aumentado mucho y,
al parecer, los que cometen actos de violencia actúan con impunidad;
9.
Condena enérgicamente toda amenaza o acto de violencia contra el
personal de asistencia humanitaria o el personal de las Naciones Unidas y el
personal asociado, afirma la necesidad de hacer rendir cuentas a los responsables de
esos actos, insta encarecidamente a todos los Estados a adoptar medidas más
enérgicas para asegurar que todo acto de esa clase cometido en su territorio se
investigue a fondo y a procurar que se enjuicie a los autores de esos actos de
conformidad con el derecho internacional y la legislación nacional, y exhorta a los
Estados a que aseguren que esos actos dejen de quedar impunes;
10. Exhorta a todos los Estados a que proporcionen sin demora la
información adecuada en caso de arresto o detención de personal de asistencia
humanitaria o de personal de las Naciones Unidas o personal asociado, le faciliten la
asistencia médica necesaria y permitan a equipos médicos independientes visitar a
los detenidos y examinarlos, y los insta a adoptar las medidas que hagan falta para
asegurar la inmediata puesta en libertad de quienes hayan sido arrestados o detenidos
infringiendo las convenciones pertinentes mencionadas en la presente resolución y el
derecho internacional humanitario aplicable;
11. Exhorta a todas las demás partes en conflictos armados a que se
abstengan de secuestrar al personal de asistencia humanitaria o al personal de las
Naciones Unidas y el personal asociado, o de detener a sus miembros, infringiendo
las convenciones pertinentes mencionadas en la presente resolución y el derecho
internacional humanitario aplicable, y pongan en libertad inmediatamente a todos
los secuestrados y detenidos, sin causarles daño y sin exigir ninguna concesión;
12. Reafirma la obligación de todo el personal de asistencia humanitaria y
del personal de las Naciones Unidas y el personal asociado de observar y respetar
las leyes nacionales de los países donde desarrollen actividades, de conformidad con
el derecho internacional y la Carta de las Naciones Unidas;
13. Subraya la importancia de asegurar que el personal de asistencia
humanitaria, así como el personal de las Naciones Unidas y el personal asociado,
tenga en cuenta las costumbres y tradiciones nacionales y locales de los países
donde esté destinado y comunique con claridad sus propósitos y objetivos a la
población local;
14. Pide al Secretario General que tome las medidas necesarias para que se
respeten plenamente los derechos humanos, las prerrogativas e inmunidades del
personal de las Naciones Unidas y otro personal que lleve a cabo actividades en
cumplimiento del mandato de una operación de las Naciones Unidas, y pide también
al Secretario General que procure que en las negociaciones de los acuerdos relativos
a las sedes o a las misiones que guarden relación con el personal de las Naciones
Unidas y el personal asociado se incluyan las condiciones aplicables que figuran en
la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de las Naciones Unidas 8, la
Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de los Organismos Especializados 9 y
la Convención sobre la Seguridad del Personal de las Naciones Unidas y el Personal
Asociado;
_______________
8
9
4
Resolución 22 A (I).
Resolución 179 (II).
Select target paragraph3
Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents