Derechos del niño
A/RES/70/137
sigan disfrutando plenamente de sus derechos humanos en las situaciones de
conflicto y posteriores a los conflictos y en otras situaciones de emergencia,
incluido, entre otros, el derecho a la educación y, en ese contexto, destaca la
importancia de velar por que los niños sigan teniendo acceso a servicios básicos en
todas esas situaciones;
48. Expresa su profunda preocupación por el creciente número de ataques y
amenazas de ataques contra escuelas, y reconoce las graves repercusiones que tienen
esos ataques sobre la seguridad de los niños y los maestros, así como sobre la plena
realización del derecho a la educación, expresa también su preocupación por el
hecho de que el uso de escuelas con fines militares en contravención del derecho
internacional aplicable también puede afectar a la seguridad d e los niños y los
maestros y al derecho del niño a la educación, y alienta a todos los Estados a que
intensifiquen la labor para impedir el uso de las escuelas con fines militares en
contravención del derecho internacional;
49. Exhorta a todos los Estados a que hagan plenamente efectivo el derecho
a la educación para todos los niños y, en particular, a que:
a)
Eliminen las disparidades de género en la educación y garanticen el
acceso efectivo y en condiciones de igualdad a la educación inclusiva, equitat iva y
de calidad, incluida la formación profesional, a todos los niveles para todos los
niños sin discriminación de ningún tipo, especialmente los más vulnerables,
incluidos los niños indígenas, así como los niños con discapacidad y los niños en
situación vulnerable o de marginación;
b)
Instauren la enseñanza primaria gratuita y obligatoria para todos los niños;
c)
Tomen todas las medidas adecuadas para eliminar los obstáculos que
impiden el acceso efectivo a la educación y su finalización, como el cost o de la
educación, el hambre y la nutrición deficiente, la distancia entre el hogar y la
escuela, la institucionalización de los niños, los conflictos armados, todas las formas
de violencia en la escuela, la insuficiencia de infraestructura, como la falta de
acceso al agua y el saneamiento, la falta de instalaciones de enseñanza apropiadas y
accesibles en el sentido físico y en otros sentidos para las niñas, y el trabajo infantil
o trabajos domésticos pesados, y velen por que los niños internados en institu ciones
también puedan disfrutar de su derecho a la educación;
d)
Tomen todas las medidas, con inclusión de consignaciones presupuestarias
suficientes, para garantizar una educación de calidad inclusiva, equitativa y no
discriminatoria y promover las oportunidades de aprendizaje para todos los niños;
e)
Tomen todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación
contra las niñas en el ámbito de la educación y asegurar la igualdad de acceso de
todas las niñas a todos los niveles de la enseñanza, inclusive mediante políticas y
programas que tengan en cuenta las cuestiones de género, mejorando la seguridad de
las niñas en las escuelas y en su desplazamiento a los centros escolares, tomando
medidas para lograr que todas las escuelas sean accesibles, seguras y libres de
violencia, y facilitando instalaciones sanitarias separadas y adecuadas que
proporcionen intimidad y dignidad, contribuyendo así al logro de la igualdad de
oportunidades, y a combatir la exclusión y asegurar la asistencia a la escuela,
incluso de las niñas, así como de los niños de familias de ingresos bajos, los niños
que son cabezas de familia y las niñas que ya están casadas o embarazadas;
f)
Promuevan la elaboración de planes de estudio para los programas de
enseñanza de todos los niveles que tengan en cuenta las cuestiones de género y
adopten medidas concretas para asegurar que los materiales educativos representen
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