A/HRC/54/30
y de las organizaciones benéficas, que han contribuido decisivamente a cubrir el vacío
en materia de protección dejado por los Estados.
64.
Sin embargo, está claro que, ante todo, hay que hacer más para prevenir la falta
de vivienda y la explotación de las personas sin hogar bajo formas contemporáneas de
la esclavitud. Como punto de partida, todas las partes interesadas, gubernamentales y
no gubernamentales, deberían reconocer claramente la relación entre ambas
violaciones de los derechos humanos. Esto es fundamental para elaborar y aplicar
estrategias de prevención y respuesta más eficaces. Es esencial que las personas sin
hogar, incluidos los niños en situación de calle, participen plenamente en todos los
procesos de toma de decisiones que les afectan, de modo que se les pueda proporcionar
apoyo individualizado o adaptado a sus circunstancias y se aborden con mayor eficacia
las formas interseccionales de discriminación, así como las causas estructurales y
personales de la falta de hogar. También es necesario un enfoque multipartito para
abordar la relación entre la falta de hogar y las formas contemporáneas de la esclavitud,
con una cooperación y coordinación más estrechas entre las autoridades públicas y las
fuerzas del orden, los actores de la prevención de la falta de hogar y la lucha contra la
esclavitud, los profesionales de la atención de la salud y la atención social, los
educadores, las empresas, los propietarios de bienes públicos y privados y los
proveedores de vivienda.
X. Recomendaciones
65.
El Relator Especial recomienda a los Estados que:
a)
Comprendan mejor la vinculación entre la falta de hogar y las formas
contemporáneas de la esclavitud, entre otras cosas, promoviendo la sensibilización y la
formación entre los proveedores de servicios públicos y los agentes del orden
pertinentes, y recopilen y actualicen periódicamente datos sobre dicha vinculación;
b)
Identifiquen adecuadamente a las víctimas de trata y explotación de
personas sin hogar como víctimas de formas contemporáneas de la esclavitud y les
ofrezcan protección sin discriminación;
c)
Desarrollen y apliquen enfoques basados en los derechos a corto, mediano
y largo plazo para prevenir y eliminar el problema de la falta de hogar, incluidas sus
causas y consecuencias y, al hacerlo, adopten una visión amplia e inclusiva de la falta
de hogar con el fin de amplificar el alcance de la protección;
d)
Creen una sinergia clara y coherente entre las políticas y estrategias
encaminadas a prevenir y eliminar el problema de la falta de hogar y las relativas a las
formas contemporáneas de la esclavitud, con el fin de maximizar la protección de las
personas más expuestas;
e)
Evalúen periódicamente las leyes y políticas relativas a la falta de hogar
para asegurarse de que son apropiadas y efectivas, en particular con respecto a las
formas contemporáneas de la esclavitud;
f)
Prevengan y prohíban los desalojos que conducen a la falta de vivienda
mediante medidas legislativas y de otro tipo, por ejemplo, estableciendo mecanismos
para prevenir los desalojos que incluyan a las autoridades locales, los tribunales de
arrendamiento, los proveedores públicos y privados de vivienda, los proveedores de
servicios sociales y las organizaciones de la sociedad civil;
g)
Establezcan programas de apoyo para garantizar el acceso a la vivienda
de las personas que salen de los centros de acogida, las instituciones de atención a la
infancia, los hospitales, el servicio militar o las prisiones, u otras instituciones;
h)
Proporcionen alojamiento de emergencia y temporal, en consonancia con
las normas de derechos humanos vigentes, a todas las personas que carecen de hogar,
sin discriminación, incluidas las explotadas bajo formas contemporáneas de la
esclavitud;
GE.23-12640
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