A/RES/55/163 15. Alienta también a que en esas operaciones se intercambien datos geográficos, incluidas imágenes obtenidas por teleobservación y datos del sistema de información geográfica y del sistema mundial de determinación de posición, entre los gobiernos, los organismos espaciales y las organizaciones humanitarias internacionales competentes, según proceda, y toma nota también en ese contexto de la labor que lleva a cabo la red mundial de información en casos de desastres; 16. Alienta además la compatibilidad y la complementariedad de las telecomunicaciones y demás equipo tecnológico que se necesite en las operaciones humanitarias y de socorro en casos de desastre; 17. Subraya la necesidad de vincular estrechamente las actividades de prevención de desastres y la mejora de la preparación y la respuesta para casos de desastre, conforme a lo enunciado en la resolución 54/219; 18. Alienta a los gobiernos de los países expuestos a los desastres naturales a que, con el apoyo de la comunidad internacional, en especial de los donantes, creen infraestructuras nacionales de información espacial vinculadas a la preparación para los casos de desastres naturales, la alerta temprana, la respuesta a los desastres y su mitigación, incluida la capacitación necesaria del personal; 19. Alienta también los esfuerzos innovadores por vincular distintas etapas de la asistencia internacional, desde el socorro hasta el desarrollo, como la misión conjunta de respuesta en casos de desastre y recuperación enviada por la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de la Secretaría, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, y la Organización Mundial de la Salud y la Organización Panamericana de la Salud a todos los países afectados por el huracán Mitch, y destaca la necesidad de velar por la evaluación adecuada y el seguimiento de esos instrumentos con miras a perfeccionarlos y aplicarlos, según proceda, en otros casos de desastre natural; 20. Pide al Secretario General que, en consulta con los organismos pertinentes del sistema de las Naciones Unidas, prepare recomendaciones sobre la forma de aumentar la capacidad de las Naciones Unidas para mitigar los desastres naturales, sobre todo mediante la preparación de un inventario de la capacidad disponible a nivel nacional, regional e internacional; 21. Toma nota de la presentación de la nota del Secretario General relativa a la mejora del funcionamiento y la utilización del Fondo Rotatorio Central para Emergencias 4, en cumplimiento de la petición que figura en las resoluciones 54/95, de 8 de diciembre de 1999, y 54/233 de que se presenten propuestas concretas sobre la forma de mejorar el funcionamiento y la utilización del Fondo, y de la invitación a que considere la posibilidad de utilizar más el Fondo para responder de forma oportuna y adecuada en los casos de desastres naturales, y decide examinar la nota de forma exhaustiva en su quincuagésimo sexto período de sesiones; 22. Pide al Secretario General que siga considerando mecanismos innovadores para mejorar la respuesta internacional ante los desastres naturales, entre otras cosas, corrigiendo los desequilibrios geográficos y sectoriales en ese tipo de respuesta, cuando existan, así como utilizando con mayor eficacia los organismos nacionales de respuesta ante las situaciones de emergencia, tomando en cuenta sus ventajas relativas y su especialización, así como los arreglos existentes, y que le informe al respecto en su quincuagésimo sexto período de sesiones en relación con 4 4 A/55/649.

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